Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas
Resolución Nº 3838-2026-JNE
Expediente Nº JNE.2026289527
SANTA ISABEL DE SIGUAS - AREQUIPA - AREQUIPA
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
Lima, 14 de setiembre de 2026
VISTO: el Oficio Nº 579-2026-ALC-MDSIS presentados el 9 y 11 de setiembre de 2026 y el Oficio 529-2026-ALC-MDSIS, del 30 de julio de 2026, remitidos por don Esmelin Agustín Pacheco Mena, alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa (en adelante, señor alcalde), quien comunicó la licencia sin goce de haber que fue concedida a doña Chriss Milagros Rojas Pacheco, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTE
1.1. Con el Oficio Nº 579-2026-ALC-MDSIS, presentado el 11 de setiembre de 2026, el señor alcalde remitió el Acuerdo de Concejo Nº 015-2026-MDSIS, del 25 de junio de 2026, por el cual se aprobó la licencia sin goce de haber concedida a la señora regidora por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho a participar en la vida política de la Nación.
En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El numeral 2 del artículo 25 prevé que el ejercicio del cargo de alcalde o regidor se suspende por licencia autorizada por el concejo municipal, por un periodo máximo de treinta (30) días naturales.
En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1
1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales a nivel nacional.
En la Resolución Nº 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026
1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el inciso 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso lo siguiente:
[…]
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).
[…]
En la Resolución Nº 00747-2025-JNE3, que estableció disposiciones para el reemplazo de autoridades regionales y municipales que participen como candidatos en las ERM 2026
1.5. El numeral 4 precisa que las licencias solicitadas con el objeto de participar como candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección, por lo que las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente.
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del JNE4 (en adelante, Reglamento)
1.6. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, por el Acuerdo de Concejo Nº 015-2026-MDSIS, del 25 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, concedió licencia a la señora regidora por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
2.2. Asimismo, de la verificación efectuada en la Plataforma Electoral de las ERM 2026, correspondiente al Expediente Nº ERM.2026021377, se advierte que la citada autoridad participa como candidata al cargo de alcalde distrital y que en dicho expediente obra la solicitud5 de licencia presentada ante la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas el 8 de junio de 2026, con lo cual se corrobora su participación en el referido proceso electoral.
2.3. En ese sentido, dado que la licencia sin goce de haber de la señora regidora cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas, de conformidad con la LOM y con la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), a fin de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don José Luis Mendoza Claverías, identificado con DNI Nº 77340502, candidato no proclamado de la organización política Arequipa, Tradición y Futuro, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor de la referida comuna.
2.4. Dicha convocatoria se efectúa conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.5. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE, a la fecha de calificación del presente expediente, no se advierte que don José Luis Mendoza Claverías, identificado con DNI Nº 77340502, participe como candidato en las ERM 20266. Del mismo modo, de la verificación efectuada en la ficha de consulta del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se advierte que el referido ciudadano no registra restricción alguna ni fecha de fallecimiento.
2.6. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Chriss Milagros Rojas Pacheco como regidora del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
2. CONVOCAR a don José Luis Mendoza Claverías, identificado con DNI Nº 77340502, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Santa Isabel de Siguas, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 Aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
5 En: https://mpesije.jne.gob.pe/apidocs/7fc77ac9-6719-4a0a-bbd0-f99782df1f2b.pdf.
6 Disponible en: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>.
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