Modifican la R.M. N° 378-2025-MINCETUR, sobre delegación de facultades y atribuciones al Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET), en materia administrativa
Resolución Ministerial
N° 381-2026-MINCETUR
Lima, 19 de octubre de 2026
VISTOS, el Memorándum N° 1168-2026-MINCETUR/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorándum N° 277-2026-MINCETUR/SG/OGPPM/OM de la Oficina de Modernización; y, el Informe N° 0707-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 8 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, dispone que el Ministro es la más alta autoridad política del Sector, y puede delegar las facultades y atribuciones que establece la citada Ley que no sean privativas de su cargo;
Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;
Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente. Procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley N° 32416; autoriza excepcionalmente en el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para realizar transferencias financieras a favor de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, previa suscripción de convenio;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 378-2025-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 0003-2026-MINCETUR, 146-2026-
MINCETUR, 237-2026-MINCETUR y 371-2026-
MINCETUR, se delegan diversas facultades en titulares de órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, durante el Ejercicio Fiscal 2026, entre a otros, a el/la Directora/a de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET) en materia de tesorería;
Que, mediante el Memorándum N° 1168-2026-
MINCETUR/SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización sobre la base del Memorándum N° 277-2026-MINCETUR/SG/OGPPM/OM elaborado por la Oficina de Modernización, emite opinión favorable para que el Titular de la Entidad delegue la facultad de resolver los convenios suscritos en el marco del artículo 15 de la Ley N° 32416;
Que, a través del Informe N° 0702-2026-MINCETUR/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable que el Titular de la Entidad delegue la facultad de modificar, suspender y resolver los convenios suscritos para viabilizar las transferencias financieras autorizadas al amparo del artículo 15 de la Ley N° 32416;
Que, en atención al marco normativo citado precedentemente y con la finalidad de optimizar y agilizar la gestión administrativa para el cumplimiento de los objetivos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, se estima conveniente delegar en el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET) la facultad de modificar, suspender y resolver los convenios suscritos para viabilizar las transferencias financieras autorizadas por el artículo 15 de la Ley N° 32416;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el numeral 9.2 en el artículo 9 de la Resolución Ministerial N° 378-2025-MINCETUR, conforme al siguiente texto:
“Artículo 9.- Delegar en el Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET), durante el Ejercicio Fiscal 2026, las siguientes facultades y atribuciones en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
“(…)
9.2. En materia administrativa:
a) Modificar, suspender y resolver los convenios suscritos para viabilizar las transferencias financieras autorizadas en el marco del artículo 15 de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el financiamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas.”
Artículo 2.- La delegación de facultad a que se refiere la presente Resolución Ministerial, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso.
Artículo 3.- El Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET) deberá informar al Despacho Ministerial sobre el ejercicio de la facultad delegada mediante la presente Resolución Ministerial, dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes.
Artículo 4.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 378-2025-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nros. 0003-2026-MINCETUR, 146-2026-MINCETUR, 237-2026-
MINCETUR y 371-2026-MINCETUR , en lo que no se oponga a la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (UICET) y al Órgano de Control Institucional.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2566668-1