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Fecha de publicación: 22/10/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas

Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

ACUERDO REGIONAL

N° 000193-2026-GRLL-CR

Trujillo, 16 de octubre de 2026

APROBAR Y AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR EL CONCEPTO DE RETRIBUCIÓN ECONOMICA CORRESPONDIENTES AL PERIODO 2026, DESTINADOS A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN DE LA SOCIEDAD DE AUDITORÍA QUE EJECUTARÁ LA AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27785, MODIFICADA POR LA LEY N° 30742.

El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Ordinaria de fecha 14 de octubre del 2026, VISTO Y DEBATIDO, el Dictamen N° 00055-2026-GRLL-CR-COMPLAN de fecha 14 de octubre del 2026 suscrito por el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dr. Samuel Alfonso Leiva López, que contiene el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a “APROBAR Y AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR EL CONCEPTO DE RETRIBUCIÓN ECONOMICA CORRESPONDIENTES AL PERIODO 2026, DESTINADOS A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN DE LA SOCIEDAD DE AUDITORÍA QUE EJECUTARÁ LA AUDITORÍA FINANCIERA GUBERNAMENTAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, EN EL MARCO DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY N° 27785, MODIFICADA POR LA LEY N° 30742”, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, los literales a) y d) del artículo 15° de la Ley N° 27867 establecen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, así como aprobar los estados financieros y presupuestarios;

Que, conforme al artículo 39° de la Ley N° 27867, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1440, Sistema Nacional de Presupuesto Público Mediante, en su artículo 76°, establece que las transferencias financieras los traspasos de ingresos públicos sin contra prestación a favor de los pliegos o entidades que no constituyen pliego presupuestario. Asimismo, las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución presupuestal, se autorizan o regulan en las leyes anuales del presupuesto de Sector Publico;

Que, la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de marzo de 2018, modifica el artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, disponiendo que la designación de las Sociedades de Auditoría se efectúa mediante concurso público de méritos y su contratación está a cargo de la Contraloría General de la República, quedando las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales autorizadas para realizar transferencias financieras, con cargo a su presupuesto institucional, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos derivados de dicha contratación; transferencias que, en el caso de los Gobiernos Regionales, se aprueban mediante Acuerdo del Consejo Regional, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto, debiendo dicho Acuerdo publicarse en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG del 4 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario de Retribuciones Económicas y de Supervisión de Sociedades de Auditoría, fijando por concepto de Retribución Económica (incluido el IGV) el importe de S/ 419,268.00 por cada año a auditar;

Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG, vigente desde el 26 de julio de 2025, se aprobó la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aplicable al presente proceso;

Que, las transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República destinadas a financiar la contratación de Sociedades de Auditoría se aprueban, en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo de Concejo Municipal, respectivamente, y en el caso del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces. Asimismo, la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG aprueba el Tarifario que establece la retribución económica, el IGV y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría. La gestión de estas sociedades se encuentra regulada actualmente por la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 314-2025-CG;

Que, mediante el Oficio N° 001496-2026-CG/GAD del 01 de setiembre de 2026, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República requiere al Gobierno Regional La Libertad, en su condición de componente significativo, su incorporación en una convocatoria del Concurso Público de Méritos para la designación de la Sociedad de Auditoría que ejecutará la Auditoría Financiera Gubernamental de los periodos 2026, 2027 y 2028, solicitando la transferencia de S/ 419,268.00 por concepto de retribución económica del periodo 2026 y el pago de S/ 63,957.00 por concepto de derecho de designación y supervisión a través de la cuenta corriente N° 0000-282758 del Banco de la Nación CCI: 018-000-000000-282758-02 de la Contraloría General RUC: 20131378972, ambos dentro de los 15 días hábiles siguientes a la recepción del citado oficio, así como la remisión de constancias de previsión presupuestal para los tramos correspondientes a los periodos 2027 y 2028, advirtiéndose que de no efectuarse las transferencias solicitadas o realizarse fuera del plazo otorgado no se realizará la contratación de la Sociedad de Auditoría o se retrasará la misma;

Que, mediante Informe N° 00288-2026-GRLL-GGR-GRP, de fecha 03 de setiembre de 2026, la Gerencia Regional de Presupuesto señaló que, de la verificación efectuada, se cuenta con saldo presupuestal disponible en la Meta 0204, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.4, Rubro 00: Recursos Ordinarios, por S/ 442,096.00, así como con la correspondiente priorización en la Programación de Compromisos Anual (PCA), para atender la transferencia financiera de S/ 419,268.00, destinada a financiar la contratación de la Sociedad de Auditoría para la Auditoría Financiera Gubernamental del periodo 2026, en el marco de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG y la Directiva N° 006-2025-CG/GRECE. En ese sentido, contando con la opinión favorable contenida en el Informe N° 000229-2026-GRLL-GGR-GRP, corresponde al Consejo Regional autorizar la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, conforme al requerimiento efectuado mediante Oficio N° 001496-2026-CG/GAD, por S/ 419,268.00 por concepto de retribución económica y S/ 63,957.00 por concepto de derecho de designación y supervisión;

Que, mediante Informe N° 00335-2026-GRLL-GGR-GRP de fecha 12 de octubre del 2026, la Gerencia Regional de Presupuesto señala: 4.1. La transferencia financiera de S/ 419,268.00 a favor de la Contraloría General de la República, por la retribución económica de la Sociedad de Auditoría del periodo 2026, cuenta con disponibilidad presupuestal en el Pliego 451, UE 001, Meta 0204, Específica de Gasto 2.4.1.3.1.4 “Otras Entidades Públicas”, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, con PIM y PCA de S/ 442,096.00. 4.2. Esta Gerencia ratifica su OPINIÓN FAVORABLE exclusivamente respecto de dicha transferencia financiera, conforme al artículo 20° de la Ley N° 27785 (…);

Que, mediante Informe Legal N° 098-2026-GRLL-GGR/GRAJ-MSJB, de fecha 13 de octubre de 2026, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la transferencia financiera hasta por la suma de S/ 419,268.00, por concepto de retribución económica a favor de la Contraloría General de la República, con cargo a la disponibilidad presupuestal del Gobierno Regional de La Libertad para el año fiscal 2026, conforme al requerimiento efectuado mediante Oficio N° 001496-2026-CG/GAD, para financiar los gastos derivados de la contratación y pago de la Sociedad de Auditoría encargada de realizar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al periodo 2026; y

Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente y fiscalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes;

El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los Artículos 14° y 52° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 0013-2020-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDO POR UNANIMIDAD:

Artículo Primero.- APROBAR la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por la suma total de S/ 419,268.00 (Cuatrocientos diecinueve mil doscientos sesenta y ocho con 00/100 soles), de acuerdo al siguiente detalle:

Concepto

Monto S/

Retribución económica (incluye IGV) correspondiente al periodo 2026, conforme al Tarifario aprobado por Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG

419,268.00

Con cargo a la disponibilidad presupuestal del Pliego 451 Gobierno Regional La Libertad, Unidad Ejecutora 001, debiendo la Gerencia Regional de Administración registrar el compromiso y solicitar ante la Gerencia Regional de Presupuesto la Certificación de Crédito Presupuestario correspondiente una vez aprobado el presente Acuerdo Regional, conforme al Decreto Legislativo N° 1440, e incluida la habilitación presupuestaria que, de resultar necesaria, se apruebe conforme al artículo tercero siguiente.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional La Libertad a efectuar la transferencia financiera y el pago aprobados en el artículo precedente, una vez emitida la Certificación de Crédito Presupuestario correspondiente, mediante el Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF), seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la Unidad Ejecutora 001-196 Contraloría General, por el concepto de retribución económica,; bajo responsabilidad de dicha Gerencia y de la Gerencia Regional de Presupuesto, debiendo adoptar las acciones administrativas necesarias para el debido cumplimiento del presente Acuerdo Regional.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración remitir a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos, el “Formato de Información y Documentación necesaria para realizar el CPM” con sus sustentos, así como las constancias de previsión presupuestal correspondientes a los periodos 2027 y 2028, precisando la fecha exacta en que se efectuará cada transferencia, sin perjuicio de la aprobación de los respectivos Acuerdos de Consejo Regional en su oportunidad.

Artículo Cuarto.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del portal electrónico institucional del Gobierno Regional La Libertad.

POR TANTO,

Mando se registre, publique y cumpla.

INDHIRA LEYLA ESPIR CALDERON

Presidenta del Consejo Regional

Gobierno Regional La Libertad

2566496-1