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Fecha de publicación: 21/10/2026
Modifican la R.S. N° 256-2026-PCM que constituyó la Comisión Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño

Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Quequeña

RESOLUCIóN N° 3828-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026291686

QUEQUEÑA - AREQUIPA - AREQUIPA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO

NO PROCLAMADO

Lima, 14 de setiembre de 2026

VISTO: los Oficios N° 308-2026-MDVQ/A y N° 342-2026-MDVQ/A del 19 de agosto y del 9 de setiembre de 2026, respectivamente, por medio de los cuales don Luis Núñez Saldívar, alcalde de la Municipalidad Distrital de Quequeña, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa (en adelante, señor alcalde), comunicó la licencia sin goce de haber de la señora regidora doña Rosa Esmeralda Gálvez Morales (en adelante, señora regidora), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTES

1.1. Con los oficios citados en el visto, el señor alcalde informó sobre la licencia sin goce de haber que le fuera concedida a la señora regidora, a fin de que se convoque a su reemplazante. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 026-2026-MDVQ, del 18 de agosto de 2026, a través del cual el Concejo Distrital de Quequeña le otorgó la licencia sin goce de haber, debido a su participación como candidata en las ERM 2026.

1.2. De igual manera, en los citados oficios se adjunta la solicitud de licencia sin goce de haber presentada con fecha 8 de junio de 2026, por mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Quequeña, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene derecho a participar plenamente en la vida política de la Nación.

En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, quien es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

Asimismo, el numeral 2 del citado artículo establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

1.3. El numeral 27 del artículo 9 prevé que corresponde al concejo municipal aprobar las licencias solicitadas por el alcalde y los regidores, sin que puedan concederse simultáneamente licencias a un número mayor al cuarenta por ciento (40 %) de los regidores.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1

1.4. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026

1.5. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026.

De esta manera, el acápite 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:

[…]

6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).

[…]

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)

1.6. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1 De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo N° 026-2026-MDVQ, del 18 de agosto de 2026, el Concejo Distrital de Quequeña concedió licencia a la señora regidora doña Rosa Esmeralda Gálvez Morales, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.5.).

2.2 En ese sentido, se advierte que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Quequeña, provincia y departamento de Arequipa y, conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.3. y 1.5.), con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Otto Jesús Jerónimo Velásquez, identificado con DNI N° 40710922, de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, para que asuma temporalmente el cargo de regidor de la referida municipalidad.

2.3 Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Quequeña, provincia de Arequipa, departamento de Arequipa, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.4 Por otro lado, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que don Otto Jesús Jerónimo Velásquez, identificado con DNI N° 40710922, participe como candidato en las ERM 2026.

2.5 Del mismo modo, de la consulta de las fichas en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, la referida persona no registra restricción alguna, no tiene consignada fecha de fallecimiento y sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes.

2.6 Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Rosa Esmeralda Gálvez Morales, como regidora del Concejo Distrital de Quequeña, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2. CONVOCAR a don Otto Jesús Jerónimo Velásquez, identificado con DNI N° 40710922, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Quequeña, provincia y departamento de Arequipa, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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