Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Castilla
RESOLUCIóN N° 3795-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026276103
CASTILLA - PIURA - PIURA
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
Lima, 11 de setiembre de 2026
VISTO: el Oficio N° 000141-2026, presentado el 27 de agosto de 2026, por medio del cual doña Jhessy Greiss Cornejo Aulestia, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura (en adelante, señora solicitante), comunica la licencia sin goce de haber concedida a don Luis Félix Martínez Gómez, regidor de la citada comuna (en adelante, señor regidor), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTE
1.1. Con el oficio citado en el visto, la señora solicitante informó sobre la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, a fin de que se convoque a su reemplazante correspondiente. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Extraordinario N° 009-2026-CDC, del 17 de agosto de 2026, a través del cual el Concejo Distrital de Castilla otorgó la referida licencia solicitada por el señor regidor, debido a su participación como candidato en las ERM 2026. Asimismo, adjuntó el cargo de la solicitud de licencia, presentada por el señor regidor, el 8 de junio de 2026, ante la citada comuna.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
Asimismo, el numeral 2 del citado artículo señala que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1
1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.
En la Resolución N° 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026
1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
[…]
6.1. Las solicitudes de Licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de setiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).
[…]
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, contempla lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, el señor regidor presentó su solicitud de licencia sin goce de haber el 8 de junio del presente año y a través del Acuerdo de Concejo Extraordinario N° 009-2026-CDC, del 17 de agosto de 2026, el Concejo Distrital de Castilla concedió licencia sin goce de haber al señor regidor, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).
2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Castilla y estando a lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la finalidad de completar la conformación del citado concejo, corresponde convocar a doña Katia Cristel Naquiche Herrera, identificada con DNI N° 73688088, como regidora del citado concejo, de la organización política Unidad Regional. No se ha convocado a don Carlos Espinoza Ruidias, identificado con DNI N° 2766815, candidato no proclamado de la citada organización política, porque se encuentra participando como candidato en la ERM 2026.
2.3 Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Piura con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.4. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de calificación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que doña Katia Cristel Naquiche Herrera, identificada con DNI N° 73688088, participe como candidata en las ERM 20264 y de la consulta de su ficha en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que no registra restricción ni fecha de fallecimiento y su documento nacional de identidad se encuentra vigente.
2.5. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Luis Félix Martínez Gómez, regidor del Concejo Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
2. CONVOCAR a doña Katia Cristel Naquiche Herrera, identificada con DNI N° 73688088, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Castilla, provincia y departamento de Piura, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>.
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