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Fecha de publicación: 04/11/2026
Aprueban ejecución de expropiación de dos áreas afectadas de un inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Áncash”, y el valor de Tasación

Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Portugal

UNIVersidad NACional DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

RESOLUCIÓN N° CU-646-2026-UNSAAC

Cusco, 15 de octubre del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Expediente Nro. 26087646, presentado por el DR. ADAN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS docente ordinario en la categoría de Principal en el régimen a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la Institución, solicitando autorizar licencia con goce de haber para participar en evento que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del Visto, el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil de la Institución, hace de conocimiento que el docente DR. ADAN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS docente ordinario en la categoría de Principal en el régimen a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, solicita licencia con goce de haber del 03 al 07 de noviembre de 2026 y apoyo económico para participar como invitado en la “ITA TUNNELLING AWARDS AND CPT 20TH ANNIVERSARY”, celebración del 20º aniversario de la Comisión Portuguesa de Túneles y del Espacio Subterráneo (CPT) a desarrollarse en la ciudad Lisboa, Portugal, del 04 al 06 de noviembre de 2026;

Que, consta en el expediente la comunicación de 11 de septiembre de 2026 de los organizadores del referido evento, cursando invitación al docente: Dr. Adán Wilbert Solorzano Montesinos para su participación en el citado evento en el que presentará ante la Portuguese Geotechnical Society (SPG), el Libro de Metodología de la Investigación en Ingeniería Civil del cual es coautor;

Que mediante Oficio Nro. 469-2026-FIC-UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ingeniería Civil, solicita se atienda favorablemente la petición del docente, con el otorgamiento de viáticos, pasajes aéreos e inscripción;

Que, mediante Oficio Nro. 15-2026-DAIC/FIC-UNSAAC, el Director del Departamento Académico de Ingeniería Civil comunica la aprobación del pedido de licencia del docente Dr. Adán Wilbert Solorzano Montesinos por la Junta de Docentes del referido Departamento Académico, conforme se desprende del acta de sesión extraordinaria de fecha 16 de septiembre de 2026, documento que obra en autos;

Que, se encuentra incorporado en el expediente la carta de compromiso del Mgt. Cesar Edilberto Arbulu Jurado, quien expresa su compromiso de realizar el dictado de las asignaturas a cargo del docente Dr. Adán Wilbert Solorzano, en el periodo de su licencia, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;

Que, a través del Informe Escalafonario Nro. 2793-2026--SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente del beneficiario de la licencia;

Que, con el Oficio N° 747-2026-VRAC-UNSAAC el Vicerrector Académico de la Institución, emite opinión favorable para otorgar la licencia con goce de haber a favor del citado docente y eleva el expediente para la emisión de la resolución respectiva;

Que, conforme a lo señalado, el jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide la certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003290 para atender lo solicitado; documento que en anexo forma parte de la presente resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, la solicitud formulada por el Dr. Adán Wilbert Solorzano Montesinos sobre concesión de licencia con goce de haber y apoyo económico ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 14 de octubre de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- Conceder LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente DR. ADÁN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS, docente ordinario en la categoría de Principal en el régimen a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 03 de noviembre de 2026 y por el término de cinco (05) días, a efecto que pueda participar en la “ITA TUNNELLING AWARDS AND CPT 20TH ANNIVERSARY”, celebración del 20 aniversario de la Comisión Portuguesa de Túneles y del Espacio Subterráneo (CPT) a desarrollarse en la ciudad de Lisboa, Portugal, del 04 al 06 de noviembre de 2026.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor del docente DR. ADÁN WILBERT SOLORZANO MONTESINOS, lo siguiente:

• Apoyo Económico traducido en dos (02) días de viáticos: $ 1080 (S/ 3,721.68 = T.C. S/ 3.446 al 09/10-SUNAT).

• Pasajes aéreos.

• Inscripción.

• Publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003290 que en anexo constituye parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyan la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, el comisionado deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuenta que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS - RESOLUCIÓN Nro... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante el Despacho Rectoral.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDO la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ingeniería Civil.

Octavo.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones publique la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe y Página Web Institucional: www.unsaac.edu.pe

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración y la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

Nota: La Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco ha señalado que el anexo de la presente Resolución N° CU- 646 -2026-UNSAAC está publicada en la siguiente página web: https://www.gob.pe/unsaac

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