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Fecha de publicación: 04/11/2026
Aprueban ejecución de expropiación de dos áreas afectadas de un inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Áncash”, y el valor de Tasación

Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Argentina

UNIVersidad NACional

DE SAN ANTONIO ABAD

DEL CUSCO

RESOLUCIÓN N° CU-649-2026-UNSAAC

Cusco, 15 de octubre del 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Expediente Nro. 26090088, presentado por el Mgt. GABRIEL ALONSO MORENO MONTOYA docente ordinario en la categoría de Auxiliar en el régimen de Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Institución, solicitando licencia con goce de haber para participar en evento que se indica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento del Visto, el docente MGT. GABRIEL ALONSO MORENO MONTOYA, docente ordinario en la categoría de Auxiliar en el régimen de Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, solicita licencia con goce de haber del 28 al 30 de octubre de 2026 y apoyo económico para participar como ponente en la “XIII JORNADA DE JÓVENES INVESTIGADORES” del Instituto de Investigación Gino Germani de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires - UBA, con la ponencia “La tradición democrática plebeya desde las coordenadas occidentales: aportes y límites de Benjamín, Ranciere, Antoni Domenech y Martin Breaugh” a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 28 al 30 de octubre de 2026; a cuyo efecto adjunta el correo electrónico de los organizadores del referido evento, aceptando su ponencia;

Que mediante Oficio Nro. D-0854-2026-FCS-UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, remite el expediente organizado por el recurrente y solicita se atienda favorablemente la petición del docente, con el otorgamiento de viáticos y pasajes aéreos;

Que, mediante Oficio Nro. 46-DAFP-2026-FCS-UNSAAC, el Director del Departamento Académico de Filosofía y Psicología comunica la aprobación del pedido de licencia del docente Mgt. Gabriel Alonso Moreno Montoya por la Junta de Docentes del referido Departamento Académico, conforme se desprende del acta de sesión ordinaria de fecha 23 de septiembre de 2026, documento que obra en autos;

Que, se encuentra incorporado en el expediente la carta de compromiso del Mgt. Fabio Sánchez Flores, quien expresa su compromiso de realizar el dictado de las clases presenciales teóricas y prácticas de las asignaturas a cargo del docente Mgt. Gabriel Alonso Moreno Montoya en coordinación con los estudiantes, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;

Que, a través del Informe Escalafonario Nro. 2739-2026--SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL), el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones, da a conocer la carrera docente del beneficiario de la licencia;

Que, con Oficio N° 828-2026-VRAC-UNSAAC el Vicerrector Académico de la Institución, emite opinión favorable para otorgar la licencia con goce de haber a favor del citado docente y eleva el expediente para la emisión de la resolución respectiva;

Que, conforme a lo señalado, el jefe (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Institución, expide la certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003300 para atender lo solicitado; documento que en anexo forma parte de la presente resolución;

Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N° 32513 Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; asimismo la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;

Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3° de la referida Ley señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, la solicitud formulada por el Mgt. Gabriel Alonso Moreno Montoya sobre concesión de licencia con goce de haber y apoyo económico ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario en sesión ordinaria realizada el día 14 de octubre de 2026, siendo aprobada por unanimidad;

Estando al acuerdo adoptado por el Honorable Consejo Universitario, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente MGT. GABRIEL ALONSO MORENO MONTOYA, docente ordinario en la categoría de Auxiliar en el régimen de Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, a partir del 28 de octubre de 2026 y por el término de tres (03) días a efecto de que pueda participar en la “XIII JORNADA DE JÓVENES INVESTIGADORES”, del Instituto de Investigación Gino Germani de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires - UBA, con la ponencia “La tradición democrática plebeya desde las coordenadas occidentales; aportes y límites de Benjamín, Ranciere, Antoni Domenech y Martin Breaugh” a desarrollarse en la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 28 al 30 de octubre de 2026.

Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración otorgue a favor del docente: MGT. GABRIEL ALONSO MORENO MONTOYA, lo siguiente:

• Apoyo Económico traducido en dos (02) días de viáticos: S/ 2,550.04 ($ 740 = T.C. S/ 3.446 al 09/10-SUNAT).

• Publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Tercero.- DISPONER que el egreso se atienda con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003300 que en anexo constituye parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.

Quinto.- Dejar ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyan la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, las comisionadas deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco “UNSAAC” por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD; rendición de cuenta que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) días hábiles, posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS- RESOLUCIÓN Nro. NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante el Despacho Rectoral.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.

Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDO la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ciencias Sociales.

Octavo.- DISPONER que la Unidad de Red de Comunicaciones publique la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe y Página Web Institucional: www.unsaac.edu.pe

El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración y la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LAURO ENCISO RODAS

Rector

Nota: La Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco ha señalado que el anexo de la presente Resolución N° CU- 649 -2026-UNSAAC está publicada en la siguiente página web: https://www.gob.pe/unsaac

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