Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidores de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar
RESOLUCIóN N° 3918-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026259679
SIMÓN BOLÍVAR - PASCO - PASCO
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 15 de setiembre de 2026
VISTO: el Oficio N° 005-2026-GM-MDSB, del 3 de agosto de 2026, mediante el cual la gerencia municipal de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, remitió la documentación relacionada con la licencia sin goce de haber concedida a don Jaime William Zelada Chamorro y don Henry Edson Córdova Atencio, alcalde y regidor de la referida comuna respectivamente, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTES
1.1. A través del oficio citado en el visto, se remitió:
a) El Acuerdo de Concejo N° 022-2026-MDSB-CM, del 22 de junio de 2026, por medio del cual el Concejo Distrital de Simón Bolívar aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por don Jaime William Zelada Chamorro (en adelante, señor alcalde), por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para participar como candidato a la alcaldía provincial en las ERM 2026.
b) El Acuerdo de Concejo N° 023-2026-MDSB-CM, del 22 de junio de 2026, por medio del cual el Concejo Distrital de Simón Bolívar aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por don Henry Edson Córdova Atencio (en adelante, señor regidor), por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para participar como candidato a regidor provincial en las ERM 2026.
1.2. Asimismo, en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)1, en el detalle de los Expedientes N° ERM.2026017892 y N° ERM.2026016315, se visualizan las solicitudes de licencia sin goce de haber presentadas por el señor alcalde y el señor regidor ante la referida entidad edil el 4 y 1 de junio de 2026, respectivamente.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM2
1.3. Se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.
En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20263
1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
[…]
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales4 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 14 regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se advierte que, mediante los Acuerdos de Concejo N° 022-2026-MDSB-CM y N° 023-2026-MDSB-CM, del 22 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Simón Bolívar aprobó las licencias sin goce de haber solicitadas por el señor alcalde y el señor regidor, respectivamente, para participar como candidatos en las ERM 2026, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
2.2. Las solicitudes fueron presentadas el 4 y 1 de junio de 2026, respectivamente, y señalaron expresamente el periodo de licencia antes indicado; por ello, cumplen con la oportunidad y el alcance temporal previstos en el acápite 6.1 del numeral 6 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).
2.3. En ese sentido, de acuerdo con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.), con la finalidad de mantener la representación de la entidad edil, corresponde convocar a doña María Estela Borja Silvestre, identificada con DNI N° 04078677, segunda regidora hábil de la organización política Podemos Perú, para que asuma temporalmente el cargo de alcaldesa, debido a que el primer regidor hábil ha solicitado licencia sin goce de haber a fin de participar como candidato en las ERM 2026.
2.4. A fin de completar el número legal de regidores del precitado concejo, corresponde convocar a don Elman Joel Cotrina Rojas, identificado con DNI N° 41557954, candidato no proclamado de la organización política Podemos Perú, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del referido concejo, desde el 4 de setiembre al 4 de octubre del 2026.
2.5. Asimismo, a fin de completar el número legal de regidores del precitado concejo, corresponde convocar a doña Carmen Rosa Roque Ricapa, identificada con DNI N° 04078416, candidata no proclamada de la organización política Pasco Dignidad, para que asuma temporalmente el cargo de regidora del referido concejo, desde el 4 de setiembre al 4 de octubre del 2026.
2.6. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del Distrito de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, emitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco el 24 de octubre de 2022, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.7. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de calificación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que los candidatos a convocarse participen como candidatos en las ERM 2026.
2.8. Del mismo modo, de la consulta de sus fichas en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se ha verificado que los candidatos a convocarse no registran restricción alguna, no consignan fecha de fallecimiento y sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes.
2.9. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, temporalmente, la credencial otorgada a don Jaime William Zelada Chamorro como alcalde de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
2. DEJAR SIN EFECTO, temporalmente, la credencial otorgada a don Henry Edson Córdova Atencio como regidor del Concejo Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
3. CONVOCAR a doña María Estela Borja Silvestre, identificada con DNI N° 04078677, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
4. CONVOCAR a don Elman Joel Cotrina Rojas, identificado con DNI N° 41557954, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
5. CONVOCAR a doña Carmen Rosa Roque Ricapa, identificada con DNI N° 04078416, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Simón Bolívar, provincia y departamento de Pasco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
6. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Se puede verificar en <https://mpesije.jne.gob.pe/apidocs/3df9bcff-5ac9-40fb-93c0-f7f6caf6d7f8.pdf>.
2 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2565959-1