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Fecha de publicación: 21/10/2026
Modifican la R.S. N° 256-2026-PCM que constituyó la Comisión Nacional de Gestión del Riesgo del Fenómeno El Niño

Autorizan viaje del alcalde a la República de Corea, en comisión de servicios

ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL

Nº 065-2026-MDM-CM

Machupicchu, 14 de octubre de 2026

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MACHUPICCHU

VISTOS:

En Sesión Ordinaria de la fecha; Informe Nº 254-2026-OCTI-MDM, del 13 de octubre de 2026, emitido por el Jefe de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional, Carta de Confirmación de Alojamiento, del 21 de setiembre de 2026, del Jefe de la Secretaria de la 2da Cumbre Mundial de Turismo Urbano 2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39 de la referida Ley, establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Asimismo, su artículo 41 establece que: “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…)”;

Que, el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que son atribuciones del concejo municipal “autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”;

Que, asimismo, el articulo 24, señala que en caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral;

Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las municipalidades se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad; asimismo, el artículo 2 de la citada Ley dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deberán sustentarse en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad;

Que, mediante Carta de Confirmación de Alojamiento, de fecha 21 de setiembre de 2026, el Jefe de la Secretaría de la 2.ª Cumbre Mundial de Turismo Urbano 2026, denominada «Global City Tourism Summit 2026», confirma que dicha Secretaría asumirá el alojamiento del señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu del 25 al 28 de octubre de 2026; asimismo, mediante Informe Nº 254-2026-OCTI-MDM, de fecha 12 de octubre de 2026, el Jefe de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional solicita someter a consideración del Concejo Municipal la autorización de viaje del señor alcalde para participar en el referido evento, a desarrollarse del 26 al 28 de octubre de 2026 en Busan, República de Corea, precisando que el viaje comprende del 23 al 29 de octubre de 2026, conforme al itinerario adjunto, y que los gastos de pasajes aéreos, hospedaje, alimentación y traslados se encuentran íntegramente cubiertos, por lo que su participación no generará gastos para la entidad;

Que, la participación en dicho evento reviste interés institucional, al contribuir al intercambio de experiencias en gestión turística, la promoción de Machupicchu y la cooperación internacional para su desarrollo turístico sostenible; por lo que corresponde autorizar el viaje del señor alcalde durante el período señalado, sin irrogar gasto alguno a la Municipalidad Distrital de Machupicchu, conforme a lo informado por el Jefe de la Oficina de Cooperación Técnica Internacional;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 11, y los artículos 39 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con las deliberaciones respectivas y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad;

ACUERDA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país del señor C.P.C. ELVIS LEXIN LA TORRE UÑACCORI, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, a la ciudad de Busan, República de Corea, para participar, en representación de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, en la 2.ª Cumbre Mundial de Turismo de Ciudades 2026, denominada «Global City Tourism Summit 2026», a desarrollarse del 26 al 28 de octubre de 2026.

Artículo Segundo.- PRECISAR que el período autorizado de viaje comprende del 23 al 29 de octubre de 2026, a efectos de garantizar su traslado, participación y retorno, conforme al itinerario que obra en el expediente. Asimismo, precisar que los gastos por concepto de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y traslados que demande el viaje autorizado serán sufragados íntegramente por los organizadores del evento, sin irrogar gasto alguno al Estado ni afectar el presupuesto institucional de la Municipalidad Distrital de Machupicchu.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, las funciones del despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde, Lic. HÉCTOR OLIVERA HUAMÁN, durante la ausencia del titular de la entidad, conforme a lo establecido en el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Acuerdo de Concejo al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Machupicchu, al Teniente Alcalde, a la Gerencia Municipal y a las unidades orgánicas competentes, para los fines correspondientes.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Unidad de Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al inicio del viaje autorizado, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Asimismo, DISPONER al responsable de la Oficina de Informática la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Machupicchu.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

Elvis L. La Torre Uñaccori

Alcalde

2565839-1