Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a la República del Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01280-2026-DE
Lima, 16 de octubre del 2026
VISTOS:
Los Oficios N° 8481/51 y N° 8941/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio N° 02500-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales y el Informe Legal N° 01956-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Acta de la XIX Reunión de Estados Mayores entre la Armada del Ecuador y la Marina de Guerra del Perú, suscrita entre el Jefe del Estado Mayor de la Armada del Ecuador y el Jefe de Estado Mayor General de la Marina, se establecieron una serie de acuerdos, entre ellos, el acuerdo A-1-XIX-24 del Anexo “B”, el cual establece participar con unidades de superficie, submarinas, aeronavales, fluviales, guardacostas y terrestres, en ejercicios operacionales, entre ellos, el ejercicio denominado SOLIDAREX;
Que, por medio de los Memorándums de Entendimiento (MOU) SOLIDAREX 2026, suscritos el 12 de mayo y 4 de setiembre de 2026, se establece la participación de los Estados Mayores y del Buque Auxiliar Multipropósito “PAITA” en la ejecución del Ejercicio Multinacional “SOLIDAREX”, a desarrollarse en la República del Ecuador;
Que, con Oficio N° ARE-AGNAPR-CDO-2026-062-O, el Agregado Naval a la Embajada del Ecuador en la República de Perú comunica al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, que la ejecución del Ejercicio Multinacional SOLIDAREX 2026, se realizará del 21 al 23 de octubre de 2026;
Que, con Oficios N° 8481/51 y N° 8941/51, complementados con el correo institucional del 15 de octubre de 2026, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú (Anexo A) a bordo del B.A.P. “PAITA” (AMP-157), y del personal superior que se desempeñará como Estado Mayor (Anexo B), en el Ejercicio Multinacional SOLIDAREX 2026, y de acuerdo con el itinerario previsto (Anexo C) deberá zarpar del Puerto de Paita el 19 de octubre de 2026, arribando al Puerto de Manta, República del Ecuador el 20 de octubre de 2026, así como el zarpe de retorno del citado puerto el 24 de octubre de 2026, arribando al Puerto del Callao el 27 de octubre de 2026, con permanencia en puerto extranjero por un período total de tres (3) días;
Que, a través de los citados documentos, la institución armada remite entre otros, el Informe Legal N° 199-2026, la exposición de motivos, el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 222-2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000000003 y N° 0000000004 que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del referido personal, por cuanto les permitirá interactuar con Unidades Navales extranjeras con un elevado nivel de entrenamiento operacional, intercambiando conocimientos y experiencias relacionados a las tácticas y procedimientos estratégicos de trabajo conjunto con otras Marinas, contribuyendo al desarrollo de la interoperabilidad durante los ejercicios de búsqueda y rescate, el desembarco anfibio, evacuación aeromédica y entrega de ayuda humanitaria, permitiendo mejorar la capacidad de respuesta y la interoperabilidad entre las armadas de la región, ante algún desastre natural a gran escala;
Que, con documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje N° 222-2026, la institución armada precisa que los gastos por concepto de viáticos por tres (3) días para el personal que participará como Estado Mayor en el Ejercicio Multinacional SOLIDAREX 2026 y la asignación especial por estadía en puerto extranjero por tres (3) días para el personal que participará a bordo del B.A.P. “PAITA” (AMP-157), se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en los artículos 10 y 12 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004- DE/SG;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por compensación extraordinaria por servicio en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, asimismo, el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF establece que, en el caso que la comisión de servicios se realice a bordo de Unidades Navales de Superficie o Submarinas, el monto de la compensación extraordinaria por servicios en el extranjero será calculado teniendo en cuenta cada día de estadía en puerto extranjero y según los porcentajes del monto de la compensación extraordinaria determinada conforme al artículo precedente y que se señala en el Anexo 4 del citado decreto supremo;
Que, a través del Oficio N° 02500-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 655-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior del mencionado personal, en comisión de servicio;
Que, mediante el Informe Legal N° 01956-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, el Decreto Supremo N° 262-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú, a bordo del B.A.P. “PAITA” (AMP-157), que se detalla en la relación nominal del Anexo A, y del personal superior que se desempeñará como Estado Mayor, que se detalla en la relación nominal del Anexo B, los cuales forman parte integrante de la presente resolución ministerial, para participar en el Ejercicio Multinacional SOLIDAREX 2026, y de acuerdo al itinerario que se detalla en el Anexo C, el cual forma parte integrante de la presente resolución ministerial, deberá zarpar del Puerto de Paita el 19 de octubre de 2026, arribando al Puerto de Manta, República del Ecuador el 20 de octubre de 2026, así como el zarpe de retorno del citado puerto el 24 de octubre de 2026, arribando al Puerto del Callao el 27 de octubre de 2026, con permanencia en puerto extranjero por un período total de tres (3) días.
Artículo 2.- La participación del personal suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
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Personal Superior que conformará el Estado Mayor |
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Viáticos: |
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Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
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US$ |
370.00 x 5 personas x 3 días |
US$ |
5,550.00 |
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Subtotal de viáticos: |
US$ |
5,550.00 |
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Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero: |
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1. |
DOTACIÓN DEL B.A.P. “PAITA” |
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Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
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Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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US$ |
77.72 x 5 Oficiales Superiores x 3 días |
US$ |
1,165.80 |
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Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
64.76 x 17 Oficiales Subalternos x 3 días |
US$ |
3,302.76 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
61.67 x 132 Personal Subalterno x 3 días |
US$ |
24,421.32 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
38.86 x 6 Personal de Marinería x 3 días |
US$ |
699.48 |
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Subtotal: |
US$ |
29,589.36 |
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2. |
PERSONAL DE APOYO |
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A. |
COMFUAVINAV |
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Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
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|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
77.72 x 2 Oficiales Superiores x 3 días |
US$ |
466.32 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
61.67 x 5 Personal Subalternos x 3 días |
US$ |
925.05 |
|
Subtotal: |
US$ |
1,391.37 |
|
|
B. |
COMFOE |
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|
Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
|||
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
64.76 x 1 Oficial Subalterno x 3 días |
US$ |
194.28 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
61.67 x 3 Personal Subalterno x 3 días |
US$ |
555.03 |
|
Subtotal: |
US$ |
749.31 |
|
|
C. |
DISAMAR |
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|
Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
|||
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
64.76 X 1 Oficial Subalterno x 3 días |
US$ |
194.28 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
61.67 x 1 Personal Subalterno x 3 días |
US$ |
185.01 |
|
Subtotal: |
US$ |
379.29 |
|
|
D. |
DINTEMAR |
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Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
|||
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
61.67 x 2 Personal Subalterno x 3 días |
US$ |
370.02 |
|
Subtotal: |
US$ |
370.02 |
|
|
E. |
DIHIDRONAV |
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Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
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|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
64.76 x 1 Oficial Subalterno x 3 días |
US$ |
194.28 |
|
Subtotal: |
US$ |
194.28 |
|
|
F. |
COMFUINMAR |
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|
Del 21 al 23 de octubre de 2026 |
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|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
77.72 x 3 Oficiales Superiores x 3 días |
US$ |
699.48 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
|||
|
US$ |
64.76 x 4 Oficiales Subalternos x 3 días |
US$ |
777.12 |
|
Puerto de Manta (República del Ecuador) |
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|
US$ |
61.67 x 67 Personal Subalterno x 3 días |
US$ |
12,395.67 |
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Subtotal: |
US$ |
13,872.27 |
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Subtotal de Estadía en Puerto: |
US$ |
46,545.90 |
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Total a pagar en dólares americanos |
US$ |
52,095.90 |
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Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de zarpe o arribo y la duración de la estadía en puerto que no amerite mayor asignación económica a la autorizada en el artículo 3 de la presente resolución ministerial, sin incrementar la asignación especial por estadía en puerto extranjero y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, así como, en situaciones de urgencia que afecten el itinerario e impidan cumplir con los días establecidos, como las que se indican a continuación:
- Por condiciones meteorológicas desfavorables, averías mayores y cualquier situación logística de emergencia que puedan afectar la seguridad del personal o ponga en riesgo la unidad durante la navegación o en su permanencia en los puertos a recalar.
- Por evaluación de la situación política o de seguridad del país de recalada previo al arribo o durante su permanencia en él.
- Por condiciones de salud de algún tripulante de la dotación que requiera ser evacuado o trasladado para atención médica de emergencia.
Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, mediante resolución de la Comandancia General de la Marina, queda facultado para reemplazar, desembarcar y/o disponer el retorno al Puerto del Callao, con cargo al presupuesto institucional, a cualquier tripulante que cometa infracciones disciplinarias graves o muy graves, por motivos de salud personal o de familiar directo, o en casos de fuerza mayor que requieran la presencia del tripulante.
Artículo 6.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 7.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; y sus respectivos Anexos en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2565758-1