Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a Chile, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01270-2026-DE
Lima, 16 de octubre del 2026
VISTOS:
Los Oficios Extra FAP N° 003145-2026-SECRE/FAP y N° 003298-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02342-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01941-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento EMGFA N° 151976/2026, el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea de Chile cursa la invitación al Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea del Perú para que dos (2) Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú participen en el Intercambio de Experiencias entre Pilotos pertenecientes a la Escuadrilla Acrobática Bicolor y la Escuadrilla de Alta Acrobacia Halcones, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 18 al 23 de octubre de 2026, incluyendo los días de viaje;
Que, con Oficios Extra FAP N° 003145-2026-SECRE/FAP y N° 003298-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú, para participar en la actividad CHI-03 “Intercambio de experiencias entre pilotos pertenecientes a la Escuadrilla Acrobática “Bicolor” de la Fuerza Aérea del Perú y la Escuadrilla de Alta Acrobacia “Halcones” de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 22 de octubre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 18 de octubre y su retorno el 23 de octubre de 2026; sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través de los citados documentos, la institución armada remite entre otros, el Informe Técnico Legal N° 010-2026, la exposición de motivos y sustento, la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG-N° 131 DGVC-ME/SIAF-RP; así como, las Certificaciones de Créditos Presupuestarios N° 0000000005 y N° 0000000022 que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá contribuir de manera directa al desarrollo de capacidades institucionales prioritarias para el Grupo Aéreo N° 6 y para la proyección operativa de la Escuadrilla Acrobática Bicolor;
Que, conforme a la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG-N° 131 DGVC-ME/SIAF-RP, la institución armada señala que asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos por cuatro (4) días, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora N° 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, mediante el Oficio N° 02342-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 173- 2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior del mencionado personal;
Que, mediante el Informe Legal N° 01941-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú que se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la actividad CHI-03 “Intercambio de experiencias entre pilotos pertenecientes a la Escuadrilla Acrobática “Bicolor” de la Fuerza Aérea del Perú y la Escuadrilla de Alta Acrobacia “Halcones” de la Fuerza Aérea de Chile”, a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 19 al 22 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 18 de octubre y su retorno el 23 de octubre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima- Santiago (República de Chile)-Lima
Clase económica
US $ 1,598.78 x 2 personas US$ 3,197.56
Viáticos
US$ 370 x 2 personas x 4 días US$ 2,960.00
Total a pagar: US$ 6,157.56
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano; y de su anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2565730-1