Designan Asesor de Supervisión de Proyectos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 235-2026-ATU/PE
Lima, 16 de octubre de 2026
VISTOS:
El correo electrónico, de fecha 15 de octubre de 2026; el Informe N° D-000272-2026-ATU/GG-OGRH, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y el Informe N° D-000703-2026-ATU/GG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera;
Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y rectificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento, y de apoyo, así como también a las unidades orgánicas, de ser el caso, y emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia;
Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el Diario Oficial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros N° 1, N° 2 y N° 4;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece las reglas para su implementación y en su literal b) se señala que el régimen contemplado en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, es de aplicación hasta la culminación del proceso de implementación del régimen de Servicio Civil en cada entidad pública;
Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor de Supervisión de Proyectos con Código AIRHSP N° 004840 de la ATU, puesto considerado de confianza, por lo que resulta necesario adoptar las acciones convenientes para garantizar el normal funcionamiento de las labores inherentes a dicho puesto;
Que, mediante correo electrónico de fecha 15 de octubre de 2026, la Presidencia Ejecutiva ha propuesto evaluar al señor CÉSAR AUGUSTO MILLONES ANACLETO para el puesto de Asesor de Supervisión de Proyectos, a partir del día 17 de octubre de 2026;
Que, a través del Informe N° D-000272-2026-ATU/GG-OGRH, de fecha 16 de octubre de 2026, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente designar al señor CÉSAR AUGUSTO MILLONES ANACLETO en el puesto de Asesor de Supervisión de Proyectos de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU;
Que, mediante Informe N° D-000703-2026-ATU/GG-OAJ, de fecha 16 de octubre de 2026, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente;
Contando con el visado de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 064-2025-ATU/PE y rectificado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 069-2025-ATU/PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar, a partir del día 17 de octubre de 2026, al señor CÉSAR AUGUSTO MILLONES ANACLETO en el puesto de Asesor de Supervisión de Proyectos con Código AIRHSP N° 004840 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU.
Artículo 2.- Notificar la presente resolución al señor CÉSAR AUGUSTO MILLONES ANACLETO y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR
Presidente Ejecutivo
Autoridad de Transporte Urbano para Lima
y Callao - ATU
2565586-1