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Fecha de publicación: 17/10/2026
Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución del Proyecto: “Creación del Servicio de Protección contra Inundaciones por Río Zaña y Afluentes, Distritos de Oyotún, Nueva Arica, Cayaltí, Zaña, Lagunas-Mocúpe y Nanchoc de la Provincia de Chiclayo del Departamento de Lambayeque y la Provincia de San Miguel del Departamento de Cajamarca”

Modifican el Anexo N° 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI” de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 0007-2026-EF/63.01

Lima, 16 de octubre de 2026

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modificatorias, se creó el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1252, y modificatorias, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI), es el ente rector del SNPMGI y en su calidad de más alta autoridad técnico normativa administra el Banco de Inversiones y está facultada para efectuar, de oficio, la desactivación de inversiones de acuerdo a los criterios que establezca para tal efecto; gestiona e implementa mecanismos para el seguimiento y monitoreo de la ejecución de inversiones; dicta los procedimientos y los lineamientos para la programación multianual de inversiones y el Ciclo de Inversión, supervisando su calidad; elabora el Programa Multianual de Inversiones del Estado; aprueba las metodologías generales teniendo en cuenta el nivel de complejidad de los proyectos; brinda capacitación y asistencia técnica a las entidades sujetas al SNPMGI y emite opinión vinculante exclusiva y excluyente sobre la aplicación del Ciclo de Inversión y sus disposiciones, en relación a los temas de su competencia. Asimismo, desarrolla estándares de dirección de proyecto, así como brinda acompañamiento especializado en dicha materia, como Centro de Excelencia;

Que, el numeral 2 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por Decreto Supremo N° 140-2026-EF, y modificatoria, establece que la DGPMI tiene entre sus funciones, aprobar directivas, procedimientos, lineamientos, instrumentos metodológicos de alcance general y demás normas complementarias del SNPMGI, necesarias para su funcionamiento y la aplicación de las fases del Ciclo de Inversión, incorporando la articulación territorial, la sostenibilidad, la economía circular, la gestión de riesgos, entre otros, cuando corresponda;

Que, mediante Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, la DGPMI aprobó la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (Directiva General), constituida también por sus Anexos y Formatos; entre los que se encuentra el Anexo N° 05: Lineamientos para las Modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI;

Que, a fin de dotar de mayor claridad y operatividad al procedimiento de migración de inversiones regulado en el Anexo N° 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI”, de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, resulta necesario incorporar una disposición que permita a la OPMI del Sector que realiza la migración asumir, de manera excepcional y bajo responsabilidad, la verificación del cumplimiento de los criterios de priorización, metodologías específicas sectoriales y normas técnicas aplicables, cuando no sea posible concretar la coordinación con el Sector responsable funcional del servicio, garantizando con ello la continuidad y eficiencia de los procedimientos de migración de inversiones;

Que, la Dirección de Política de la Inversión Pública de la DGPMI propone la modificación del Anexo N° 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI” de la Directiva General, a efectos de introducir una precisión en la parte final del literal b) de la sección 5 - Migración, consistente en incorporar una regla alternativa de actuación para la OPMI del Sector que realiza la migración de una inversión cuando esta se efectúa hacia un Sector distinto del responsable funcional del servicio asociado a la inversión. Con ello, se establece que, cuando no sea posible concretar la coordinación con el Sector responsable funcional del servicio, la OPMI del Sector que realiza la migración podrá efectuar directamente la verificación del cumplimiento de los criterios de priorización, metodologías específicas sectoriales y normas técnicas aplicables a la inversión, asumiendo la responsabilidad por dicha actuación;

De conformidad con lo establecido por el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificatorias; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, aprobado por el Decreto Supremo N° 140-2026-EF, y su modificatoria; y, el literal c) del artículo 216 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 291-2026-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación

Modificar el Anexo N° 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI”, de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral y del Anexo N° 05: “Lineamientos para las modificaciones de la Cartera de Inversiones del PMI”, de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JESÚS RUITÓN CABANILLAS

Director General

Dirección General de Programación

Multianual de Inversiones

2565569-1