Logo El Peruano
Fecha de publicación: 18/10/2026
Aprueban “Lineamientos para la Gestión y el Manejo de Cadáveres y Restos Humanos en situaciones de emergencias y desastres”

Designan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

N° 202-2026-MDP/A

Pachacámac, 18 de junio de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC

VISTOS: El Informe N° 000258-2026-MDP/GR-SREC, de fecha 15 de junio de 2026, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva; el Memorando N° 000296-2026-MDP/GR, de fecha 16 de junio de 2026, emitido por la Gerencia de Rentas; el Informe N° 000524-2026-MDP/OGAFCP-OGRH, de fecha 16 de junio de 2026, emitido por la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Informe N° 000154-2026-MDP/OGAJ, de fecha 17 de junio de 2026, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 000650-2026-MDP/GM, de fecha 18 de junio de 2026, cursado por la Gerencia Municipal; los actuados del Proceso de Convocatoria CAS N° 009-2026-MDP; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, de conformidad con el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al alcalde dictar resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas, a través de las cuales se aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo de la entidad;

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS establece en el literal c) de su artículo 2 que el Ejecutor Coactivo es el funcionario responsable del procedimiento de ejecución coactiva; asimismo, su artículo 3 dispone que el Ejecutor Coactivo es el titular del procedimiento y ejerce, a nombre de la entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la obligación, precisando que su cargo es indelegable;

Que, el artículo 7 del citado Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 dispone que la designación del Ejecutor Coactivo se efectúa mediante concurso público de méritos, debiendo ingresar como funcionario de la entidad a la cual representa y ejercer el cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; por su parte, la Ley N° 27204 precisa que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la entidad a la cual representan, sin que dicha designación implique que tales cargos sean de confianza;

Que, el artículo 33-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979 establece que solo los Ejecutores Coactivos debidamente acreditados ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las oficinas registrales del territorio nacional y el Banco de la Nación podrán ordenar embargos o requerir su cumplimiento, siendo dicha acreditación suscrita por el titular de la entidad correspondiente;

Que, mediante Proceso de Convocatoria CAS N° 009-2026-MDP, la Municipalidad Distrital de Pachacámac convocó la contratación de una (01) persona para el puesto de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, a plazo determinado para actividades permanentes de necesidad transitoria, estableciéndose como perfil mínimo, entre otros, contar con título profesional de abogado, colegiatura y habilitación, conocimientos en derecho administrativo, procedimiento de ejecución coactiva, tributación municipal, Código Tributario y Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, conforme a los resultados finales del referido proceso de selección, publicados el 02 de junio de 2026, el postulante RODRÍGUEZ MONTOYA, JOSÉ LUIS obtuvo un puntaje total de noventa y cinco (95) puntos y la condición de GANADOR para el puesto de Ejecutor Coactivo;

Que, con fecha 04 de junio de 2026 se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios N° 096-2026-MDP/OGRH entre la Municipalidad Distrital de Pachacámac y el abogado JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MONTOYA, identificado con DNI N° 70855320, para que se desempeñe como Ejecutor Coactivo en la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, con vigencia del 04 de junio al 30 de noviembre de 2026, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057 y normas complementarias;

Que, mediante Informe N° 000258-2026-MDP/GR-SREC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva solicitó que se impulse la emisión del acto resolutivo de designación y acreditación del Ejecutor Coactivo, abogado JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MONTOYA, identificado con DNI N° 70855320, señalando que, ante la carga administrativa de la Oficina de Ejecutoría Coactiva, resulta necesario contar con dicha acreditación ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las oficinas registrales y otras entidades, a fin de desarrollar las atribuciones propias de la ejecutoría coactiva municipal;

Que, con Memorando N° 000296-2026-MDP/GR, la Gerencia de Rentas solicitó a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos impulsar las acciones administrativas correspondientes para la emisión del acto resolutivo de designación y acreditación del referido Ejecutor Coactivo ante las entidades del sistema financiero y bancario, la Policía Nacional del Perú, las oficinas registrales y otras entidades, a fin de garantizar la continuidad y el adecuado cumplimiento de las funciones institucionales en materia de ejecución coactiva;

Que, mediante Informe N° 000524-2026-MDP/OGAFCP-OGRH, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos informó que el abogado JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MONTOYA mantiene vínculo contractual vigente con la Municipalidad Distrital de Pachacámac desde el 04 de junio de 2026 para desempeñar el cargo de Ejecutor Coactivo, precisando que la sola existencia del contrato administrativo no resulta suficiente para el ejercicio pleno de las competencias inherentes al cargo frente a administrados y terceros, por lo que resulta necesaria la emisión del acto resolutivo que formalice su designación y sirva de sustento para la acreditación correspondiente;

Que, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, permite otorgar eficacia anticipada a los actos administrativos cuando resulten más favorables a los administrados, no afecten derechos o intereses de buena fe legalmente protegidos de terceros, y exista justificación para retrotraer la eficacia del acto; en ese sentido, la Oficina General de Asesoría Jurídica señaló que, en el presente caso, resulta jurídicamente procedente otorgar eficacia anticipada al acto de designación del abogado José Luis Rodríguez Montoya como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac al 04 de junio de 2026, fecha en la que inició sus labores y se perfeccionó la relación contractual con la entidad, no advirtiéndose afectación a derechos de terceros;

Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 43 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, la Ley N° 27204; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

RESUELVE:

Artículo 1.- DESIGNAR con eficacia anticipada al 04 de junio de 2026, al abogado JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MONTOYA, identificado con DNI N° 70855320, en el cargo de Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, conforme al Contrato Administrativo de Servicios N° 096-2026-MDP/OGRH y a los actuados del Proceso de Convocatoria CAS N° 009-2026-MDP.

Artículo 2.- DISPONER la acreditación del abogado JOSÉ LUIS RODRÍGUEZ MONTOYA, identificado con DNI N° 70855320, como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Pachacámac ante las entidades del sistema financiero y bancario, el Banco de la Nación, la Policía Nacional del Perú, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, las oficinas registrales del territorio nacional y demás entidades que intervengan en la ejecución de medidas cautelares y actuaciones coactivas, conforme a lo previsto en el artículo 33-A del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, en coordinación con la Gerencia de Rentas y la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, realizar las acciones administrativas necesarias para la implementación de lo dispuesto en la presente resolución, incluyendo la remisión de la documentación y datos requeridos para la acreditación funcional correspondiente.

Artículo 4.- NOTIFICAR la presente resolución al interesado, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Subgerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, a la Oficina General de Administración, Finanzas y Control Patrimonial, a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y a las demás unidades orgánicas que correspondan, para los fines pertinentes.

Artículo 5.- ENCARGAR a la Oficina de Gobierno Digital la publicación de la presente resolución en la sede digital de la Municipalidad Distrital de Pachacámac (www.munipachacamac.gob.pe), y disponer su publicación en el Diario Oficial El Peruano, conforme a la normativa aplicable.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ENRIQUE V. CABRERA SULCA

Alcalde

2565527-1