Otorgan concesión eléctrica rural a favor de JEMCOR RENOVABLES S.A.C. para desarrollar proyecto de electrificación rural con sistemas fotovoltaicos autónomos en la región San Martín
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0163-2026-MINEM-DGE
Lima, 23 de setiembre de 2026
VISTOS: El Expediente Nº 65432226, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región San Martín”, presentada por la empresa JEMCOR RENOVABLES S.A.C. y el Informe Nº 633-2026-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante oficio Nº 021-2025-JEMCOR con Registro Nº 4131261 (MPD), de fecha 11 de setiembre de 2025, JEMCOR RENOVABLES S.A.C. solicita el otorgamiento de CER para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales, en el PROYECTO, ubicado en las provincias de Bellavista, El Dorado, Huallaga, Lamas, Mariscal Cáceres, Moyobamba, Picota, Rioja, San Martín, y Tocache, del departamento de San Martín, cuyas coordenadas figuran en el Expediente;
Que, JEMCOR RENOVABLES S.A.C. ha presentado el Informe Nº 00948-2025-MINAM/VMGA/DGPIGA/DGEIA, de fecha 30 de diciembre de 2025, mediante el cual la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio de Ambiente, señala que el proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región San Martín” no requiere de certificación ambiental;
Que, JEMCOR RENOVABLES S.A.C. ha presentado la Resolución Directoral Nº 0150-2025-MINEM/DGE, de fecha 14 de agosto de 2025, mediante la cual, la Dirección General de Electricidad otorga la calificación como Sistema Eléctrico Rural al proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región San Martín”, conforme al Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que JEMCOR ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 633-2026-MINEM/DGE-DCE;
Que, estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de JEMCOR RENOVABLES S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el proyecto “Electrificación Rural con Sistemas Fotovoltaicos Autónomos en la Región San Martín”, ubicado en las provincias de Bellavista, El Dorado, Huallaga, Lamas, Mariscal Cáceres, Moyobamba, Picota, Rioja, San Martín y Tocache, departamento de San Martín, en los términos y condiciones de la presente Resolución y las que se detallan en el Contrato que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.
Artículo 2.- La concesión otorgada comprende los lotes beneficiarios donde se ubican los sistemas fotovoltaicos domiciliarios, identificados referencialmente por sus coordenadas, las mismas que obran en el Expediente presentado, conforme a las cantidades del cuadro siguiente:
|
PROVINCIA |
Nº DE LOCALIDADES |
Nº DE ABONADOS |
|
BELLAVISTA |
11 |
46 |
|
EL DORADO |
161 |
2030 |
|
HUALLAGA |
25 |
111 |
|
LAMAS |
90 |
403 |
|
MARISCAL CÁCERES |
19 |
94 |
|
MOYOBAMBA |
5 |
30 |
|
PICOTA |
23 |
66 |
|
RIOJA |
36 |
219 |
|
SAN MARTÍN |
62 |
561 |
|
TOCACHE |
8 |
18 |
|
Total general |
440 |
3578 |
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 205-2026 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y JEMCOR RENOVABLES S.A.C., el cual consta de 18 Cláusulas y 04 Anexos.
Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, en representación del Estado, el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 205-2026, así como la Escritura Pública correspondiente o cualquier minuta aclaratoria que se requiera.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 205-2026, aprobado en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a JEMCOR RENOVABLES S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Adrián Zapata Sernaqué
Director General de Electricidad
Dirección General de Electricidad
2565416-1