Autorizan viaje de comisionados del Fuero Militar Policial a Brasil, en comisión de servicios
Resolución Administrativa
Nº 044-2026-FMP/CE/SG
Lima, 9 de octubre de 2026
VISTOS:
Las Actas de Sesión Nº 19-2026 y Nº 20-2026 del Consejo Ejecutivo de fecha 24 de agosto de 2026 y 25 de setiembre de 2026, respectivamente, el Memorándum Nº 535-2026-FMP/SG de fecha 01 octubre de 2026 de la Secretaría General del Fuero Militar Policial.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio PRSTM Nº 5079344 de fecha 10 de agosto de 2026 la Ministra y Presidenta del Superior Tribunal Militar de Brasil hace extensiva la cordial invitación al Presidente del Fuero Militar Policial a fin de participar en el “Seminario Internacional del Fuero del Derecho Militar” a realizase en la ciudad de Brasilia, distrito federal de Brasil – República Federativa de Brasil, los días 20 y 21 de octubre de 2026;
Que, mediante las Actas de Sesiones del Visto, el Consejo Ejecutivo aprobó por unanimidad, entre otros acuerdos, la participación del señor Presidente del Fuero Militar Policial, Contralmirante CJ (R) Darío VASQUEZ Rojas, así como del General CJ PNP Raúl ROMANÍ Puma, Comandante CJ PNP Jyon Frankie JIMENEZ Álvarez y Mayor CJ PNP Robín TORO Hurtado en el Seminario Internacional descrito en el considerando precedente, disponiendo al Secretario General, efectué las acciones administrativas que correspondan con la Dirección Ejecutiva;
Que, la Ley Nº 29182, establece la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; asimismo, el artículo 5º señala que el Consejo Ejecutivo es el máximo órgano de gobierno y administración del Fuero Militar Policial;
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 065-2022-FMP/CE/SG de fecha 29 de agosto de 2022 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, en el cual se establece en su artículo 5, numeral 3, que el Consejo Ejecutivo tiene como función alcanzar acuerdos en los asuntos puestos en su conocimiento; y el artículo 7 numeral 2 que el Presidente del Fuero Militar Policial tiene como atribución la de representar a dicha institución ante entidades públicas y privadas;
Que, de acuerdo a la aprobación del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, la Dirección Ejecutiva ha emitido la Orden de Viaje Nº 030-2026-FMP/DE/RRHH/DIR de fecha 09 de octubre de 2026, a través del cual informa al Presidente del Fuero Militar Policial, Contralmirante CJ (R) Darío VASQUEZ Rojas, así como al General CJ PNP Raúl ROMANÍ Puma, Comandante CJ PNP Jyon Frankie JIMENEZ Álvarez y Mayor CJ PNP Robín TORO Hurtado, que se encuentran autorizados para viajar en Comisión del Servicio, desde la ciudad de Lima (PERÚ) a la ciudad de Brasilia (República Federativa de Brasil) a partir del 19 al 22 de octubre de 2026, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna de los comisionados; asimismo los recursos económicos (viáticos) para cada personal en comisión, incluido la tasa aeroportuaria;
Que, el “Seminario Internacional del Fuero del Derecho Militar” a realizarse en la ciudad de Brasilia – República Federativa de Brasil, es un espacio estratégico donde se analizará el papel de las instituciones militares y de la justicia militar en la preservación del Estado de derecho, en la garantía de la disciplina y la jerarquía, en la protección de la sociedad y en la adecuada prestación de justicia en materia militar;
Que, en atención a que la organización del Simposio Internacional antes mencionado, no asumirá los gastos de alojamiento, así como los gastos de desayuno, almuerzo y cena, ni transporte del aeropuerto hacia el lugar del evento, corresponde asignar el monto máximo de la escala de viáticos por día, según zona geográfica, conforme a lo dispuesto en los párrafos 4.b.3.a.(4) de la Directiva Nº 03-2026-FMP/DAF de fecha 20 de mayo de 2026, en concordancia con la escala del artículo 5 y Anexo “B” del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;
Que, de conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por Decreto Legislativo Nº 1096 y la Ley Nº 29955; y, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, la Ley Nº 32513, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicio, del señor Contralmirante CJ (R) Darío VASQUEZ Rojas, Presidente del Fuero Militar Policial, así como del General CJ PNP Raúl ROMANÍ Puma, Comandante CJ PNP Jyon Frankie JIMENEZ Álvarez y Mayor CJ PNP Robín TORO Hurtado, para que participen en “Seminario Internacional del Fuero del Derecho Militar” a realizarse en la ciudad de Brasilia – República Federativa de Brasil, del 20 al 21 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 19 de octubre de 2026 y su retorno el 22 de octubre de 2026.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos:
Lima (Perú) – Brasilia (Brasil) - Lima (Perú)
US $1,042.25 X 04 personas = US $ /5,337.95
Viáticos
US $370.00 x 100% x 3 días x 04 personas = US $/ 4,440.00
Impuesto TUUA:
US $23.72 x 04 personas = US $/ 94.88
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Total a pagar = US $ 9,872.83
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de efectuado el viaje, los citados Oficiales Generales presentarán el informe describiendo las acciones realizadas, resultados obtenidos y rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4º.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2026, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial.
Artículo 5º.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6º.- Publicar la presente Resolución, en el Diario Oficial “El Peruano”, en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Crispín Darío VASQUEZ Rojas
Presidente del Consejo Ejecutivo
del Fuero Militar Policial
2565265-1