Derogan la R.J. N° 137-2016/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01, “Directiva Administrativa que establece el Proceso de Evaluación de Garantías Explícitas en Salud en las Prestaciones de Salud Financiadas por el Seguro Integral de Salud”, y sus anexos
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000161-2026-SIS/J
La Victoria, 15 de octubre del 2026
VISTOS:
El Memorando N° 001040-2026-SIS/GREP y el Informe N° 000032-2026-SIS/GREP-MPC de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; el Memorando N° 001418-2026-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información; el Memorando N° 002709-2026-SIS/OGPPDO y el Informe N° 000022-2026-SIS/OGPPDO-UOC-AAMZ de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; y el Informe Legal N° 000449-2026-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural N° 137-2016/SIS, de fecha 31 de mayo de 2016, se aprobó la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01, “Directiva Administrativa que establece el Proceso de Evaluación de Garantías Explícitas en Salud en las Prestaciones de Salud Financiadas por el Seguro Integral de Salud”, y sus anexos, cuyo objeto es regular el proceso de evaluación del cumplimiento de las Garantías Explícitas en Salud en las prestaciones de salud financiadas por el Seguro Integral de Salud;
Que, mediante Decreto Supremo N° 023-2021-SA se aprobó el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS), que contiene el listado actualizado de condiciones asegurables, intervenciones y prestaciones a financiar, así como las Garantías Explícitas, modificándose el contexto técnico bajo el cual fue aprobada la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 000115-2025-SIS/J se aprobó la Directiva N° 001-2025-SIS/GREP-V.01, “Directiva que regula la Auditoría de Seguros de las Prestaciones de Salud brindadas por las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que cuentan con Convenio o Contrato con el Seguro Integral de Salud (SIS)”, y se dejó sin efecto, a partir del 01 de octubre de 2025, entre otros instrumentos, la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GREP-V.03, aprobada por Resolución Jefatural N° 006-2016/SIS, adoptándose un nuevo marco institucional para el control prestacional mediante la Auditoría de Seguros;
Que, asimismo, mediante Resolución Gerencial N° 000009-2026-SIS/GREP se aprobó la actualización de los “Indicadores Estratégicos de Control Prestacional para la Auditoría de Seguros en el Primer Nivel de Atención”, instrumento técnico que, conforme al sustento de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, desarrolla y actualiza aspectos vinculados con el control prestacional y la evaluación de las Garantías Explícitas en Salud;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 000053-2025-SIS/J se aprobó la Directiva N° 001-2025-SIS/OGPPDO-V.01, “Directiva que regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y/o modificación de los Documentos Normativos del Seguro Integral de Salud”, la cual establece el procedimiento institucional aplicable a los documentos normativos del SIS y contempla la derogación de estos, correspondiendo al órgano proponente sustentar las razones que la motivan;
Que, mediante Memorando N° 001040-2026-SIS/GREP, de fecha 05 de agosto de 2026, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones hace suyo el Informe N° 000032-2026-SIS/GREP-MPC, de fecha 22 de julio de 2026, a través del cual sustenta técnicamente la derogación de la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01, al determinar que esta ha perdido vigencia técnica y operativa frente a la actualización del PEAS, la sustitución del anterior Proceso de Control Prestacional Posterior por el actual modelo de Auditoría de Seguros y la aprobación de instrumentos técnicos posteriores vinculados al control prestacional;
Que, mediante Memorando N° 001418-2026-SIS/OGTI, de fecha 15 de julio de 2026, la Oficina General de Tecnología de la Información hace suyas las opiniones técnicas contenidas en las Notas Informativas N°s 000342-2026-SIS/OGTI-UFIT y 000277-2026-SIS/OGTI-US, emitidas por sus unidades funcionales competentes respecto de la propuesta de derogación;
Que, mediante Memorando N° 002709-2026-SIS/OGPPDO, de fecha 29 de septiembre de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional hace suyo el Informe N° 000022-2026-SIS/OGPPDO-UOC-AAMZ a través del cual verifica el cumplimiento del procedimiento previsto en la Directiva N° 001-2025-SIS/OGPPDO-V.01 y emite opinión técnica favorable para continuar con el trámite de derogación;
Que, mediante Informe Legal N° 000449-2026-SIS/OGAJ, de fecha 07 e octubre de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de sus competencias, concluye que resulta jurídicamente viable que la Jefatura del Seguro Integral de Salud emita la Resolución Jefatural que derogue la Resolución Jefatural N° 137-2016/SIS y, con ella, la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01;
Con el visto bueno del Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones; del Director General de la Oficina General de Tecnología de la Información; del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y de la Secretaria General; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2011-SA y modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; así como con lo establecido en la Resolución Jefatural N° 000053-2025-SIS/J, que aprueba la Directiva N° 001-2025-SIS/OGPPDO-V.01, “Directiva que regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y/o modificación de los Documentos Normativos del Seguro Integral de Salud”, y sus anexos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogación
Derógase la Resolución Jefatural N° 137-2016/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa N° 002-2016-SIS/GREP-V.01, “Directiva Administrativa que establece el Proceso de Evaluación de Garantías Explícitas en Salud en las Prestaciones de Salud Financiadas por el Seguro Integral de Salud”, y sus anexos.
Artículo 2.- Notificación
Notifíquese la presente Resolución a los órganos del Seguro Integral de Salud, para conocimiento y fines correspondientes.
Artículo 3.- Publicación
Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZULMA ANAYA CHACÓN
Jefa del Seguro Integral de Salud
2565210-1