Designan Director Titular y Director Suplente ante el Directorio de la EPSSSC S.A., propuestos por el Gobierno Regional de Junín
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 08-2026-VIVIENDA/VMCS
Lima, 15 de octubre de 2026
VISTOS:
Los Oficios N° 0603-2025-GG/EPSSSC.SA y Oficio N° 017-2026-GG-EPSSSC.SA de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central Sociedad Anónima - EPSSSC S.A., la Nota N° 570-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el Informe N° 922-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, y;
CONSIDERANDO:
Que, el párrafo 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, (Ley del Servicio Universal) dispone que son prestadores regulares de los servicios de agua potable y saneamiento, entre otros, las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas;
Que, el artículo 51 de la Ley del Servicio Universal, establece que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento;
Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 de la Ley del Servicio Universal, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras de servicios de agua potable y saneamiento públicas de accionariado municipal está compuesto por un director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y, un director, titular y suplente, propuesto por las instituciones de la Sociedad Civil, esto es por asociaciones de usuarios vinculadas a los servicios de agua potable y saneamiento, los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;
Que, el artículo 53 de la Ley del Servicio Universal en concordancia con el artículo 59 del Reglamento del Decreto Legislativo N°1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N°009-2024-VIVIENDA (el Reglamento de la Ley del Servicio Universal), disponen que la designación del director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) a través de Resolución del Viceministerio de Construcción y Saneamiento; y, que dicha Resolución tiene mérito suficiente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la oficina registral correspondiente, siendo el único documento necesario para dicho fin; asimismo, dicha resolución viceministerial habilita al director para el ejercicio de sus funciones, sin ser necesaria la aceptación expresa para ello;
Que, el artículo 61 del Reglamento de la Ley del Servicio Universal, dispone que el periodo del Directorio de la empresa prestadora pública de accionariado municipal es de tres (3) años, computados desde la elección o designación del primer miembro del Directorio; debiéndose renovar totalmente este órgano colegiado al término de dicho periodo, incluyendo a aquellos directores que fueron elegidos o designados para completar periodos; precisándose que el Directorio que concluyó su periodo continuará en funciones hasta la conformación del nuevo Directorio;
Que, de conformidad con lo establecido en el párrafo precedente, corresponde dar por concluidas las designaciones efectuadas por la Resolución Viceministerial N° 009-2022-VIVIENDA/VMCS para renovar el Directorio de la EPSSSC S.A.;
Que, mediante los Oficios N° 0603-2025-GG/EPSSSC.SA y Oficio N°017-2026-GG-EPSSSC.SA, la EPSSSC S.A, remitió a la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la documentación respectiva para solicitar la apertura de la “Plataforma Virtual para la Designación de Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”, a efectos de que el Gobierno Regional de Junín así como el Gobierno Regional de Pasco registren a sus candidatos a Director;
Que, de acuerdo con el Informe N° 922-2026-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS, de la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de cuatro (04) candidatos propuestos, uno (01) de los cuales desistió de dicho proceso, quedando así tres (03) candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Junín y Pasco, concluyendo que los señores Alexander Jesús Rutti Guevara, Víctor Bullón García y Venancio Santiago Navarro Rodríguez son candidatos aptos y pasan a la etapa de entrevista para la designación del Director Titular en el Directorio de la EPSSSC S.A;
Que, con fecha 08 de setiembre de 2026, el Comité de Entrevistas realizó la entrevista a los candidatos que fueron declarados aptos por la Dirección de Saneamiento de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, determinando que corresponde designar al señor Víctor Bullón García, en el cargo de Director Titular, así como al señor Venancio Navarro Rodríguez, en el cargo de Director Suplente; para un nuevo periodo en el Directorio de la EPSSSC S.A;
Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N°1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-VIVIENDA; y, la Resolución Ministerial N° 273-2026-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones para la elección, designación y conclusión del cargo de director, titular y suplente, de las Empresas Prestadoras de Servicios de Agua Potable y Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Conclusión de designación de Directores Titular y Suplente
Dar por concluida la designación de los señores Walter Segundo Fuentes López y Juan Carlos Bueno Rivera, como Director Titular y Director Suplente, respectivamente, en el Directorio de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Selva Central S.A. - EPSSSC S.A., propuestos por el Gobierno Regional de Junín; realizada mediante Resolución Viceministerial N° 009-2022-VIVIENDA/VMCS.
Artículo 2.- Designación del Director Titular
Designar al señor Víctor Bullón García en el cargo de Director Titular, ante el Directorio de la EPSSSC S.A, propuesto por el Gobierno Regional de Junín.
Artículo 3.- Designación del Director Suplente
Designar al señor Venancio Santiago Navarro Rodríguez en el cargo de Director Suplente, ante el Directorio de la EPSSSC S.A, propuesto por el Gobierno Regional de Junín.
Artículo 4.- Notificación
Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento, a la Contraloría General de la República y a la EPSSSC S.A., para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Publicación
Publicar la presente Resolución Viceministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO LEZAMETA ESCRIBENS
Viceministro de Construcción y Saneamiento
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
2565159-1