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Fecha de publicación: 16/10/2026
Encargan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

Aprueban el Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas (PEU MINEM)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 443-2026-MINEM/DM

Lima, 14 de octubre de 2026

VISTOS: El Informe N° 00287-2026/MINEM-OGPP-OPRE de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 1378-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú dispone que el Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo;

Que, de conformidad con la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Ley N° 30705), y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias (en adelante, ROF), el Ministerio cuenta con funciones vinculadas a la promoción y desarrollo de actividades de difusión, entrenamiento y capacitación, así como a la difusión de conocimientos técnicos y normativos en el ámbito de sus competencias; asimismo, le corresponde orientar y fomentar la investigación científica y tecnológica, y coordinar y promover la asistencia técnica en las materias de su competencia;

Que, el artículo 11 de la Ley N° 30705 y los artículos 12 y 13 del ROF del Ministerio de Energía y Minas establecen que el Ministro de Energía y Minas es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector, facultado para expedir las Resoluciones Ministeriales correspondientes en el marco de sus competencias;

Que, la formación de estudiantes universitarios de los últimos ciclos y de recién egresados constituye una oportunidad para promover el desarrollo de capacidades y la difusión de conocimientos vinculados a las competencias, funciones y desafíos del sector Energía y Minas, así como para fomentar el interés de los jóvenes talentos por el servicio público;

Que, en ese contexto, resulta pertinente promover una iniciativa formativa que permita a estudiantes universitarios y recién egresados de carreras vinculadas a las actividades de electricidad, hidrocarburos, minería y derecho adquirir conocimientos técnicos, normativos y de gestión pública relacionados con el sector Energía y Minas, complementados con el desarrollo de habilidades transversales;

Que, para tal efecto, se ha previsto la realización del Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas (PEU MINEM), como una iniciativa de formación especializada dirigida a estudiantes universitarios de los últimos ciclos y recién egresados, que comprende una estructura académica de doscientas sesenta y cinco (265) horas lectivas, contempla cien (100) becas integrales y cuenta con cuatro (4) líneas de especialización: Electricidad, Hidrocarburos, Minería y Derecho Minero-Energético;

Que, mediante Memorando N° 00121-2026/MINEM-OGPP-OPPIC, la Oficina de Planeamiento, Programación de Inversiones y Cooperación Internacional (OPPIC) informó sobre la incorporación de la Actividad Operativa AOI00018501260, denominada “Gestionar la implementación del programa de extensión universitaria MINEM”, en el aplicativo CEPLAN v.01, alineada al Objetivo Estratégico Institucional OEI.04 “Impulsar la mejora continua de la gestión institucional” y a la Acción Estratégica Institucional AEI.04.01 “Gestión por procesos implementada”;

Que, mediante el Informe N° 00287-2026/MINEM-OGPP-OPRE, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto informa que se cuenta con recursos habilitados por la suma de S/ 171 351,00 para el Año Fiscal 2026 en la Meta 0066 (“Desarrollo de Actividades de Extensión y Proyección”), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; y que el requerimiento de S/ 570 899,00 para el Año Fiscal 2027 será atendido con cargo al presupuesto institucional del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, sujeto a la disponibilidad presupuestal en el marco de la Asignación Presupuestaria Multianual y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante el Informe N° 1378-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera, en el marco de sus competencias, que resulta legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que aprueba el Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas (PEU MINEM);

Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; y el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas (PEU MINEM), como una iniciativa de formación especializada dirigida a estudiantes universitarios de los últimos ciclos y recién egresados, orientada al desarrollo de conocimientos y competencias vinculados al sector Energía y Minas en las especialidades de Electricidad, Hidrocarburos, Minería y Derecho Minero-Energético, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- El Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas está a cargo de la Secretaría General, con el apoyo del Comité Académico que esta designe, conforme a los lineamientos y disposiciones que se establezcan para su implementación y desarrollo.

Artículo 3.- Los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Energía y Minas brindan el apoyo administrativo y técnico necesario para la planificación, organización, implementación y desarrollo del Programa de Extensión Universitaria del Ministerio de Energía y Minas, en el marco de sus respectivas competencias y de acuerdo con las coordinaciones que efectúe la Secretaría General.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ

Ministro de Energía y Minas

2564864-1