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Fecha de publicación: 15/10/2026
Autorizan viaje del Ministro de Economía y Finanzas a los Estados Unidos de América, y encargan su Despacho al Ministro de Energía y Minas

Autorizan viaje de docentes la Universidad Nacional de Cañete a España, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 108-2026-R-UNDC

Cañete, 13 de octubre de 2026

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE

VISTOS:

El Proveído N° 1129138-2026 del 13 de octubre de 2026 emitido por Rectorado; Oficio Nº 125-2026-UNDC/VRI/YCUH del 13 de octubre de 2026 emitido por Vicerrectorado de Investigación; Informe N° 962-2026-UNDC/VRI/II-AAPP del 13 de octubre de 2026 emitido por el Instituto de Investigación; Informe N° 1223-2026-UNDC/RECTORADO/OPP del 12 de octubre de 2026 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Oficio Nº 053-2026/UNDC/CGPI/WEVR del 29 de septiembre de 2026 presentado por el docente investigador, Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al cuarto párrafo del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prevé que cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y demás normativa aplicable, concordante con el artículo 11º de la Ley Nº 31520, Ley que establece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, así como la Ley Nº 32141, Ley que modifica la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, a fin de fortalecer la institucionalidad de las Universidades Públicas Licenciadas;

Que, de conformidad con la Ley N° 29488 del 22.12.2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “Créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la provincia de Cañete, Departamento de Lima”. Asimismo, a través de la Resolución del Consejo Directivo N° 116-2018-SUNEDU/CD, el Concejo Directivo de la SUNEDU, le otorgó la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Cañete;

Que, el artículo 60° de la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, establece que el Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto; asimismo, el numeral 62.2 del artículo 62° de la citada ley, establece como atribución del Rector la de dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera;

Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, señala que la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, que la fomenta y realiza, respondiendo a través de la producción de conocimiento y desarrollo de tecnologías a las necesidades de la sociedad, con especial énfasis en la realidad nacional. Los docentes, estudiantes y graduados participan en la actividad investigadora en su propia institución o en redes de investigación nacional o internacional, creadas por las instituciones universitarias públicas o privadas;

Que, considerando el artículo 79º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 169º del Estatuto de la Universidad Nacional de Cañete, sobre el personal docente, señala que los docentes universitarios tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo y permanente de la enseñanza, la proyección social y la gestión universitaria, en los ámbitos que les corresponde”; asimismo, el artículo 187º del Estatuto Universitario, establece que los docentes gozan entre otros, los siguientes derechos: d) Participar libremente en actividades universitarias como: investigación, centros de producción, capacitación etc., y l) A recibir viáticos y movilidad para asistir a eventos académicos, científicos y tecnológicos, nacionales o internacionales;

Que, como antecedente se tiene que con fecha 25 de agosto de 2025, se suscribió el Contrato N° 005-2025-UNDC correspondiente a la Convocatoria de Fondos Concursables, denominado: “Resolviendo Problemas de Cañete y el Perú 2024”, para financiar la ejecución del Proyecto de Investigación Titulado: “Sistema inteligente para monitorear la turbidez y cloro residual en la planta de tratamiento de agua potable Alminares, Imperial Cañete 2025”, con un presupuesto aprobado de S/ 250,000.00 (Doscientos cincuenta mil con 00/100 soles) y un plazo de duración de veinticuatro (24) meses contados a partir de la fecha de suscripción del contrato; además, con la Adenda N° 001 al Contrato N° 005-2025-UNDC, suscrito el 13 de agosto de 2026, se designó al Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos como Coordinador General del Proyecto de Investigación citado;

Que, en esa línea, el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos, Coordinador General del Proyecto de Investigación N° 005-2025 con Oficio N° 053-2026/UNDC/CGPI/WEVR, presenta y sustenta el Plan de Trabajo para la participación en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento, con el objetivo de participar en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026, organizado por el Grupo ForInterMed y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), para presentar y difundir el proyecto de investigación: “Sistema inteligente para monitorear la turbidez y cloro residual en la planta de tratamiento de agua potable Alminares, Imperial Cañete 2025”, que se desarrollará del 15 al 16 de octubre de 2026, en la ciudad de Madrid, España, en el marco de las actividades programadas para la difusión y desarrollo de los resultados del referido proyecto de investigación, el mismo que fue probado con Resolución Rectoral N° 107-2026-R-UNDC, con un presupuesto aprobado de S/ 26,304.00 soles;

Que, mediante Informe N° 962-2026-UNDC/VRI/II-AAPP del 13.10.2026, el Director del Instituto de Investigación en atención a la Resolución Rectoral N° 107-2026-R-UNDC, requirió autorización de viaje y asignación de viáticos para que el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos y la Dra. Amanda Durán Carhuamaca, puedan participar en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026, en Madrid, España, en el marco del Proyecto de Investigación N° 005-2025, el cual permitirá difundir los resultados del proyecto de investigación mediante la presentación del trabajo aceptado por el Comité Científico del Congreso, contribuyendo al fortalecimiento de la investigación científica y a la proyección académica institucional;

Que, en ese contexto, la participación del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos como Coordinador General del Proyecto de Investigación y la Dra. Amanda Durán Carhuamaca como Coinvestigadora del Proyecto de Investigación, en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026, guarda relación directa con la ejecución del Proyecto de Investigación N° 005-2025, toda vez que la presentación a través de la difusión de los resultados en eventos científicos constituye uno de los resultados previstos en las Bases del concurso mediante el cual dicho proyecto resultó ganador; en ese sentido, el referido investigador y coinvestigadora expondrán ante la comunidad científica internacional los resultados obtenidos durante su ejecución, contribuyendo al intercambio de conocimientos y experiencias con investigadores nacionales e internacionales, así como al fortalecimiento de la visibilidad y posicionamiento de la Universidad Nacional de Cañete en el ámbito científico internacional y en los indicadores vinculados a su producción e impacto científico;

Que, respecto al egreso que demande la participación del Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos y de la Dra. Amanda Duran Carhuamaca, en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026 en la ciudad de Madrid, España, el Jefe(e) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su opinión técnica - presupuestal contenida en el Informe Nº 1220-2026-UNDC/RECTORADO/OPP del cual se infiere que el presente requerimiento debe ser atendido, hasta por la suma total de S/ 24.904,00 (Veinticuatro mil novecientos cuatro y 00/100 soles), a fin de solventar los gastos de alimentación, alojamiento, movilidad local, pasajes aéreos nacionales e internacionales;

Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos aprobada mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 2º se establece que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos. En todos los casos la Resolución o acuerdo de excepción es publicada en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, siendo de interés de la institución y, por ende, para el país, el Rector con Proveído N° 1129138-2026 del 13.10.2026, en atención al requerimiento del Vicerrectorado de Investigación, solicita a Secretaría General la emisión de la resolución rectoral de autorización de viaje al exterior del país en comisión de servicios para que el Dr. Wagner Enoc Vicente Ramos y la Dra. Amanda Durán Carhuamaca, puedan participar en el XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026, en la ciudad de Madrid, España;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al Rector de la Universidad Nacional de Cañete, por el artículo 62° de la Ley Universitaria, Ley N° 30220 y el Estatuto Universitario y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior en comisión de servicio a los docentes Dr. WAGNER ENOC VICENTE RAMOS y Dra. AMANDA DURÁN CARHUAMACA, adscrito al Departamento de Ingeniería de Sistemas de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de Cañete, del 14 al 17 de octubre de 2026, para participar en calidad de ponentes presencial en el “XXVI Congreso Internacional de Tecnologías para la Educación y el Conocimiento - INTERESTRATIC 2026” a desarrollarse en la ciudad de Madrid, República de España, en el marco de la ejecución del proyecto de investigación titulado “SISTEMA INTELIGENTE PARA MONITOREAR LA TURBIDEZ Y CLORO RESIDUAL EN LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE AGUA POTABLE ALMINARES, IMPERIAL CAÑETE 2025”, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo del Pliego 547: Universidad Nacional de Cañete, de acuerdo con el siguiente detalle:

Dr. WAGNER ENOC VICENTE RAMOS - Coordinador General del Proyecto

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO

Pasajes Aéreos (Ida y vuelta)

S/ 6,620.00

Viáticos x 3 días

S/ 5,832.00

Sub total

S/ 12,452.00

Dra. AMANDA DURÁN CARHUAMACA - Coinvestigadora del Proyecto

DESCRIPCIÓN

PRESUPUESTO

Pasajes Aéreos (Ida y vuelta)

S/ 6,620.00

Viáticos x 3 días

S/ 5,832.00

Sub total

S/ 12,452.00

MONTO TOTAL

S/ 24,904.00

Artículo Tercero.- PRECISAR, que los docentes investigadores mencionado en el artículo primero deberá efectuar la rendición de cuentas y gastos de viaje ante la instancia pertinente, en forma documentada, en un plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de culminada la comisión.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR, la presente resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y demás fines pertinentes.

Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional de Cañete.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.

DULIO OSEDA GAGO

Rector

Universidad Nacional de Cañete

KEVIN YUVER CHIHUAN QUISPE

Jefe de Secretaría General

Universidad Nacional de Cañete

2564761-1