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Fecha de publicación: 16/10/2026
Encargan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

Aceptan renuncia de fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Tacna

Resolución de la Fiscalía de la Nación

N° 3205-2026-MP-FN

Lima, 14 de octubre de 2026

VISTOS:

El oficio N° 2220-2026-ANC-MP-J, de fecha 28 de septiembre de 2026, e informe N° 0649-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 12 de octubre de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 119-2018-MP-FN, de fecha 15 de enero de 2018, se resolvió nombrar al abogado Flavio César Carpio Medina, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Tacna, y designarlo en la Oficina Desconcentrada de Control Interno de Tacna, actualmente Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Tacna, con retención de su cargo de carrera; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.

A través del oficio N° 2220-2026-ANC-MP-J, de fecha 28 de septiembre de 2026, la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público eleva al Despacho de la Fiscalía de la Nación la carta presentada en fecha 25 de septiembre de 2026, suscrita por el abogado Flavio César Carpio Medina, quien presenta su renuncia al cargo de fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Tacna, designado en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Tacna, así como de fiscal provincial titular penal (corporativo) de Tacna, Distrito Fiscal de Tacna, ambos por motivos laborales.

En la carta de renuncia, el citado abogado señala que su renuncia se haga efectiva a partir del 28 de septiembre de 2026 y solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular N° 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.

En ese contexto, debe tenerse en consideración que con Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N° 108-2026-MP-FN-JFS, de fecha 12 de octubre de 2026, se aceptó con eficacia anticipada la renuncia formulada por el abogado Flavio César Carpio Medina al cargo de fiscal provincial penal (corporativo) del distrito fiscal de Tacna, desde el 28 de septiembre de 2026.

La Ley N° 30944, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 8 de mayo de 2019, dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, estableciéndose en el numeral 51-H.1 del artículo 51-H “La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público está constituida por una oficina central con sede en Lima, cuya jurisdicción abarca el territorio de la República, por oficinas descentralizadas (…)”. Asimismo, en el artículo 5 de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0413-2025-ANC-MP-J, de fecha 15 de octubre de 2025, se señala, entre otro, la nominación de Autoridad Desconcentrada de Control o ADC, para referirse a los órganos desconcentrados que representan a la Autoridad Nacional de Control en los distintos distritos fiscales a nivel nacional; de otro lado, en el literal v) del artículo 10, del referido reglamento, se establece como función de la Jefatura Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, lo siguiente: “Requerir a la Fiscalía de la Nación la conclusión de la designación de los fiscales de la Oficina Central, así como de los jefes y fiscales de las Autoridades Desconcentradas de Control que renuncien o pongan a disposición su cargo (…)”.

El numeral 3 del artículo 106 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que: “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe N° 0649-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 12 de octubre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Flavio César Carpio Medina, con eficacia anticipada, a partir del 28 de septiembre de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, y modificada por el artículo único de la Ley N° 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Flavio César Carpio Medina, como fiscal adjunto superior provisional del Distrito Fiscal de Tacna, y a su designación en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal de Tacna, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 119-2018-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 15 de enero de 2018 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 28 de septiembre de 2026.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Flavio César Carpio Medina que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2564595-1