Ordenanza Municipal que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Ambo
Ordenanza Municipal
Nº 017-2026-MPA/CM
Sesión Ordinaria del Concejo Municipal del día
17 de julio del 2026.
QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AMBO
Ambo, 17 de julio del 2026
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE AMBO
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 17 de julio del 2026, se aprobó la QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AMBO; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, cuya autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, en atención al principio de legalidad que rige la actuación de toda entidad pública, correspondiendo a los gobiernos locales adoptar las decisiones normativas necesarias para la gestión de los intereses de su circunscripción territorial;
Que, los numerales 36.1 y 36.3 del artículo 36 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS (en adelante, TUO de la Ley Nº 27444), contempla que “los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos”; y, que “los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, aprobados para cada entidad, en el cual no se pueden crear procedimientos ni establecer nuevos requisitos, salvo lo relativo a la determinación de los derechos de tramitación que sean aplicables de acuerdo a la normatividad vigente”;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simplificación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, se crea el SUT como una herramienta informática para la elaboración, simplificación y estandarización del TUPA, así también constituye el repositorio oficial de los procedimientos administrativos (PA) y servicios prestados en exclusividad (SE), formulados por las entidades de la Administración Pública, el cual es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros. El SUT tiene como finalidad registrar, integrar y optimizar, los procesos respecto a la elaboración, aprobación y publicación de los TUPA de las entidades públicas bajo los lineamientos emitidos por el ente rector, responsable de su administración;
Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, se aprueban los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA. Asimismo, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2012-PCM-SGP se aprueba la Guía de Simplificación Administrativa y determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, conforme al Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;
Que, estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal en sesión de Concejo del Visto, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, por MAYORÍA, aprobó la siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AMBO
Artículo 1º.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA-2026 de la Municipalidad Provincial de Ambo, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, el mismo que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 2º.- APROBAR los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos, derechos de tramitación y formularios contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Ambo.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demás áreas competentes que realizan los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, el fiel cumplimiento y monitoreo de la presente Ordenanza Municipal y su Anexo.
Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria la publicación de la presente Ordenanza Municipal y su Anexo en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Unidad Informática y Gobierno Electrónico su publicación en la sede digital de la Municipalidad Provincial de Ambo (www.gob.pe/muniambo).
Artículo 5º.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 015-2024-MPA/CM, de fecha 08 de noviembre del 2024, asimismo la Ordenanza Municipal Nº 015-2017-MPA/CM de fecha 10 de octubre del 2017, así como toda Ordenanza Municipal y disposición legal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CAYO LEONIDAS SANTIAGO CAMPOS
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
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