Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidores de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo
Resolución N° 3757-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026282528
PUEBLO NUEVO - FERREÑAFE - LAMBAYEQUE
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 10 de setiembre de 2026
VISTO: los Oficios N° 801-2026-A-MDPN-F y N° 802-2026-A-MDPN-F, presentados el 2 de setiembre de 2026 por la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque (en adelante, entidad recurrente), por medio de los cuales comunicó las licencias concedidas a don Luis Alberto Sáenz La Chira, don Vicente Leónidas Murga Vásquez y doña Mayra Alejandra Cavero Requejo, alcalde y regidores, respectivamente, de la referida comuna (en adelante, señores miembros), con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTES
1.1. A través de los oficios citados en el visto, la entidad recurrente informó de las licencias sin goce de haber concedidas a los señores miembros, con motivo de su participación como candidatos en las ERM 2026, a fin de que se convoque a sus respectivos reemplazos. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 020A-2026-CMDPN-F, del 5 de junio de 2026.
1.2. En la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones (JNE)1, en los detalles de los Expedientes N° ERM.2026021015, N° ERM.2026018048 y N° ERM.2026018311, se visualizan, respectivamente, las solicitudes de licencias presentadas el 25 de mayo, 2 de junio y 27 de mayo de 2026, a la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, por don Luis Alberto Sáenz La Chira, don Vicente Leonidas Murga Vásquez y doña Mayra Alejandra Cavero Requejo.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM2
1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales a nivel nacional.
En la Resolución N° 00746-2025-JNE3
1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. El acápite 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:
[…]
6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).
[…]
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales4 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación […]
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo N° 020A-2026-CMDPN-F, del 5 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Pueblo Nuevo concedió la licencia a los señores miembros, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre del 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).
2.2. En ese sentido, dado que las solicitudes de licencia sin goce de haber cuentan con la aprobación del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo y conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), corresponde que este órgano electoral convoque a doña Deysi Quesquén Yampufe, identificada con DNI N° 17430207, primera regidora de su propia lista electoral, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo.
2.3. Así también, con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a don Julio César Siaden Satornicio, identificado con DNI N° 17430475, doña Miriam Edith Valdera Vílchez, identificada con DNI N° 17434154, y don Jhon Anderson Salinas Chávarry, identificado con DNI N° 60037175, candidatos no proclamados de la organización política Movimiento Regional Construyendo, para que asuman, temporalmente, el cargo de regidores del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo.
2.4. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 26 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Chiclayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.5. Cabe precisar que no corresponde convocar a doña Marina Manrique Purisaca, candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú, debido a que, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE (en el detalle del Expediente N° ERM.2026018048), se advierte que dicha ciudadana participa como candidata en las ERM 2026.
2.6. Por otro lado, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que doña Deysi Quesquén Yampufe, identificada con DNI N° 17430207, don Julio César Siaden Satornicio, identificado con DNI N° 17430475, doña Miriam Edith Valdera Vílchez, identificada con DNI N° 17434154, o don Jhon Anderson Salinas Chávarry, identificado con DNI N° 60037175, participen como candidatos en las ERM 2026.
2.7. Del mismo modo, de la consulta de la ficha en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, no se ha registrado el fallecimiento ni se ha cuestionado la identidad de los referidos ciudadanos.
2.8. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Luis Alberto Sáenz La Chira como alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
2. CONVOCAR a doña Deysi Quesquén Yampufe, identificada con DNI N° 17430207, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. CONVOCAR a don Julio César Siaden Satornicio, identificado con DNI N° 17430475, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
4. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Vicente Leónidas Murga Vásquez como regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
5. CONVOCAR a doña Miriam Edith Valdera Vílchez, identificada con DNI N° 17434154, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
6. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a doña Mayra Alejandra Cavero Requejo como regidora del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
7. CONVOCAR a don Jhon Anderson Salinas Chávarry, identificado con DNI N° 60037175, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Pueblo Nuevo, provincia de Ferreñafe, departamento de Lambayeque, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
8. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros
2 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2564530-1