Acreditan en el cargo a Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón
RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL
Nº 339-2026-GM/MDA
Ancón, 12 de octubre de 2026
EL GERENTE MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCÓN
VISTO:
El Informe N° 1523-2026-ORH-OGAFYTI/MDA de fecha 12 de octubre de 2026 de la Oficina de Recursos Humanos, el Proveído N° 3641-2026 de fecha 12 de octubre de 2026 de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 6° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa, asimismo el inciso 6) del artículo 20° del marco legal precitado, contempla que es atribución del alcalde dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; siendo que, el artículo 43° de la misma Ley señala que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven asuntos de carácter administrativo;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de confianza, establece que los ejecutores y auxiliares coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan y su designación, en los términos señalados en el artículo 7° de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, conforme a lo señalado por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala en su numeral 17.1 del artículo 17°, señala textualmente lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”;
Que, mediante Informe N° 1523-2026-ORH-OGAFYTI/MDA de fecha 12 de octubre de 2026, la Oficina de Recursos Humanos informa sobre la Adenda N° 006 al Contrato Administrativo de Servicios N° 005-2025-ORH-OGAFYTI/MDA, mediante la cual se acordó prorrogar la contratación de la Sra. Sheylla Miluska Alberca Valenzuela. Dicha adenda establece la prórroga por un periodo de tres (3) meses, con eficacia desde el 01 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.
Que, en ese sentido, el Jefe (e) de la Oficina de Recursos Humanos solicita la acreditación correspondiente mediante acto administrativo con eficacia anticipada, respecto a las funciones como Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón.
Por tanto, estando a los considerandos precedentes y en uso de la facultad conferida por el inciso 6) del artículo 20° y 43° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ACREDITAR con eficacia anticipada al 01 de octubre de 2026 a la Srta. SHEYLLA MILUSKA ALBERCA VALENZUELA, identificada con DNI N° 47034432, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas de la Municipalidad Distrital de Ancón. Esta acreditación rige por el periodo del 01 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, de conformidad con lo establecido en la Adenda N° 006 al Contrato Administrativo de Servicios N° 005-2025-ORH-OGAFYTI/MDA.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Recursos Humanos y demás áreas competentes el cumplimiento de la presente resolución.
Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la unidad competente en materia de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase.
JOHANN MARTÍN GRADOS BAZALAR
Gerente Municipal
2564216-1