Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 3165 -2026-MP-FN
Lima, 13 de octubre de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 003512-2026-MP-FN-FSNCEDCF, e informe Nº 0184-2026-MP-FN-OREF-EBRV; y,
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, remite y otorga conformidad a la carta de renuncia, presentada en fecha 27 de agosto de 2026, suscrita por el abogado Leonardo Urbano Yapias Córdova, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, quien presenta su renuncia al cargo por motivos personales.
En la carta de renuncia, el citado abogado solicita que su renuncia se haga efectiva a partir del 1 de octubre de 2026, para lo cual presenta la misma considerando el plazo de anticipación previsto en la ley, advirtiéndose que la misma ha sido comunicada a su jefe inmediato, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 367-2023-MP-FN, de fecha 14 de febrero de 2023, se resolvió nombrar al abogado Leonardo Urbano Yapias Córdova, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N.º 006-2026-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0184-2026-MP-FN-OREF-EBRV, de fecha 9 de octubre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia del abogado Leonardo Urbano Yapias Córdova, con eficacia anticipada, a partir del 1 de octubre de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Leonardo Urbano Yapias Córdova, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 367-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 14 de febrero de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; con eficacia anticipada, a partir del 1 de octubre de 2026.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Leonardo Urbano Yapias Córdova que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Tomás Aladino Gálvez Villegas
Fiscal de la Nación
2564108-1