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Fecha de publicación: 14/10/2026
Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de Alto Nivel para recuperar la Seguridad y el Orden Público

Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Distrital de Majes

Resolución Nº 1295-2026-JNE

Expediente Nº JNE.2026046555

MAJES - CAYLLOMA - AREQUIPA

RENUNCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, 11 de junio de 2026

VISTO: el Oficio Nº 001-2026-TA/MDM, del 7 de abril de 2026, presentado por doña Gladys Sabina Condori Huamán, teniente alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Majes, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa (en adelante, señora solicitante), mediante el cual presentó la carta de renuncia irrevocable de don Jenry Federico Huisa Calapuja, al cargo de alcalde de la mencionada comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. A través del oficio citado en el visto, la señora solicitante elevó la carta de renuncia al cargo presentado por el señor alcalde, a fin de que se convoque al reemplazo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), sin anexar ningún otro documento.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El artículo 194 establece que, para postular al cargo de Presidente de la República, vicepresidente, senador, diputado, gobernador o vicegobernador del gobierno regional, los alcaldes deben renunciar a su cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva.

En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM 1

1.2. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y de los concejos distritales de toda la República.

En la Resolución Nº 00746-2025-JNE 2

1.3. Los considerandos 7, 8 y 9 señalan:

De las renuncias de los gobernadores, vicegobernadores y alcaldes para postular en Elecciones Regionales y Municipales

[…]

7. Conforme al artículo 194 de la Carta Magna y el numeral 2 del artículo 14 de la LER, los alcaldes que desees postular al cargo de gobernador o vicegobernador deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva.

8. Así, en caso de que se produzcan dichas renuncias, corresponde otorgarles eficacia inmediata, sin necesidad de requerir una aceptación expresa por parte del consejo regional o concejo municipal, en la medida en que estas tienen carácter excepcional, regulado a nivel constitucional, con el único propósito de participar en el proceso electoral respectivo [resaltado agregado].

9. Con relación al cómputo del plazo para dichas renuncias, se advierte que la fecha que corresponde a los seis (6) meses de anticipación a las elecciones regionales y municipales es el sábado 4 de abril de 2026. En vista de ello, a fin de establecer una fecha máxima para la presentación de estas licencias sin goce de haber que coincida con un día hábil, este órgano colegiado estima que debe considerarse como tal el lunes 6 de abril de 2026.

En la LOM

1.4. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, indica que:

En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:

1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.

2. A los regidores los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14 prescribe lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. Conforme a lo expuesto en el antecedente 1.1. del presente pronunciamiento, el 1 de abril de 2026, el señor alcalde presentó su renuncia al cargo con el propósito de participar como candidato en las ERM 2026. Posteriormente, el concejo municipal acordó solicitar al Jurado Nacional de Elecciones para que, en uso de sus facultades, emita, en el plazo más breve, las credenciales correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el considerando 8 de la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.3.).

2.2. En ese sentido, dado que el señor alcalde presentó su renuncia dentro del plazo legal, esto es, el 1 de abril de 2026 (ver SN 1.1. y 1.3.), y en aplicación del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.4.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada y convocar, en su lugar, a doña Gladys Sabina Condori Huamán, identificada con DNI Nº 29516747, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Majes, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026.

2.3. Asimismo, con la finalidad de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Majes, corresponde convocar a don Helbert Edgard Velásquez Benavente, identificado con DNI Nº 40523716, candidato no proclamado de la organización política Juntos por el Desarrollo de Arequipa, para que asuma el cargo de regidor del citado concejo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026.

2.4. Dichas convocatorias se realizan de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Caylloma, departamento de Arequipa con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Jenry Federico Huisa Calapuja, como alcalde de la Municipalidad Distrital de Majes, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2. CONVOCAR a doña Gladys Sabina Condori Huamán, identificada con DNI Nº 29516747, para que asuma el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Majes, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Helbert Edgard Velásquez Benavente, identificado con DNI Nº 40523716, para que asuma el cargo de regidor de la Municipalidad Distrital de Majes, de la provincia de Caylloma, departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

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