Autorizan viaje de personal del Viceministerio de Comercio Exterior para participar en eventos a realizarse en los Estados Unidos Mexicanos
Resolución Ministerial
N° 365-2026-MINCETUR
Lima, 12 de octubre de 2026
VISTOS, el Informe N° 0042-2026-MINCETUR/VMCE/DGNCI/DALCIR de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales; el Memorándum N° 925-2026-MINCETUR/VMCE del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior; el Informe N° 0221-2026-MINCETUR/SG/OGA/OCCP de la Oficina de Contabilidad y Control Previo; el Memorándum N° 1132-2026-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración y el Informe N° 0682-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es la entidad competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal sentido, negocia, suscribe y pone en ejecución los acuerdos o convenios internacionales, en materia de comercio exterior e integración, y otros en el ámbito de su competencia;
Que, la Alianza del Pacífico (AP), creada en el año 2011 y conformada por Colombia, Chile, México y Perú, es un mecanismo de integración y una iniciativa dinámica, con alto potencial y proyección para los negocios internacionales, con una clara orientación a la región Asia - Pacífico por las ventajas competitivas que ofrece. Además, constituye un mecanismo de integración regional abierta al comercio que busca promover el intercambio comercial, las inversiones, la innovación y la tecnología;
Que, el liderazgo de la AP recae en los Presidentes de los cuatro países y tiene como instancia de decisión y ejecución al Consejo de Ministros de la AP, al Grupo de Alto Nivel (GAN) y a los Coordinadores Nacionales (CN), los cuales están conformados por los Ministerios de Comercio Exterior y Relaciones Exteriores;
Que, la Presidencia Pro Tempore de la AP es ejercida de manera rotativa anual por los Estados Miembros. Desde el 30 de enero de 2026, México asumió la Presidencia, correspondiéndole conducir los trabajos durante el presente periodo;
Que, en ese contexto, la Presidencia Pro Tempore de la AP ha convocado para los días 15 y 16 de octubre de 2026, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, a reuniones presenciales de Coordinadores Nacionales con el objetivo de dar seguimiento a los acuerdos de la ronda anterior, revisar los avances de los grupos técnicos y preparar los asuntos estratégicos que serán elevados al GAN; asimismo, el GAN abordará la integración regional, la relación con el Consejo Empresarial de la Alianza del Pacífico (CEAP), el trabajo en materia de juventudes, el relacionamiento externo y el traspaso del Fondo de Cooperación, con miras a la ronda de diciembre y al traspaso de la Presidencia Pro Tempore a la República del Perú;
Que, resulta de interés institucional la participación de la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda, Viceministra de Comercio Exterior, en la Reunión del GAN; así como de la señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, Asesora del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior y del señor Brayan Germán Neira Santa Cruz, profesional de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en las citadas reuniones y brindar el correspondiente apoyo técnico, garantizando la defensa de los intereses nacionales;
Que, en tal sentido, resulta necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular, a fin de garantizar la continuidad del servicio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;
Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, de la Secretaría General, de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Autorización
Se autoriza el viaje a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, de la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda, Viceministra de Comercio Exterior del 15 al 17 de octubre de 2026; de la señora Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor, Asesora del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior y del señor Brayan Germán Neira Santa Cruz, profesional de la Dirección de América Latina, Caribe e Integración Regional de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, del 14 al 17 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombres y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
|
Diana Sayuri Bayona Matsuda |
2 108,46 |
América del Norte |
440,00 x 2 días |
880,00 |
|
Hortencia Elva Rosa Rodríguez Pastor |
2 796,43 |
América del Norte |
440,00 x 3 días |
1 320,00 |
|
Brayan Germán Neira Santa Cruz |
2 796,43 |
América del Norte |
440,00 x 3 días |
1 320,00 |
Artículo 3.- Rendición de cuentas e informe
Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1, presenta al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- Encargatura
Se encarga a la señora Liz Blanca Chirinos Cuadros, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior a partir del 15 de octubre de 2026, y en tanto dure la ausencia de su titular.
Artículo 5.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2563741-1