Ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2027 la vigencia de la Ordenanza N° 0773-2025-MDEA que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales en el distrito de El Agustino
ORDENANZA N° 0783-2026-MDEA
El Agustino, 24 de setiembre de 2026
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Extraordinaria de la fecha, y;
VISTO: El Informe N° 000230-2026-SGD-MDEA/GATR, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; el Informe N° 000063-2026-SGD-MDEA/OFPM, emitido por la Oficina de Planeamiento y Modernización, el Informe N° 000457-2026-SGD-MDEA/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, el Memorando N° 000610-2026-SGD-MDEA/GM, emitido por la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley N° 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que señala la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas que tienen rango de ley de acuerdo al artículo 200, numeral 4 de la Carta Magna;
Que, el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal;
Que, conforme a la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por el Decreto Supremo N° 156-2004-EF, se faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuesto y recibos de pago correspondiente, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 2799-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 31 de diciembre de 2025 en el diario oficial “El Peruano”, aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanza Tributaria en el ámbito de la Provincia de Lima; sobre la vigencia del acuerdo de concejo ratificatorio dispone que los acuerdos de concejo ratificatorios de las ordenanzas que aprueban las tasas de estacionamiento vehicular en zonas urbanas y de emisión mecanizada de valores tiene una vigencia máxima de tres (03) años, en la medida que se mantengan los aspectos esenciales del tributo, en cuyo caso la municipalidad, a través de su Gerencia Municipal, comunica al SAT la decisión de prorrogar la vigencia de la ordenanza ratificada por contar con acuerdo de concejo ratificatorio vigente. Disponiendo como plazo máximo para remitir dicha comunicación al SAT es hasta el último día hábil del mes de diciembre del año anterior a su aplicación.
Que, mediante el Informe N° 000230-2026-SGD-MDEA/GATR, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, propone prorrogar para el periodo 2027 el costo de la tasa de emisión mecanizada establecida en la ordenanza vigente, al no existir variaciones sustanciales y considerando la situación económica del país, que repercute considerablemente en la capacidad tributaria del distrito, motivo por el cual se deberá mantener el monto por derecho de emisión mecanizada, coadyuvando a generar una percepción de estabilidad tributaria entre los contribuyentes del distrito de El Agustino;
Que, el Informe N° 000063-2026-SGD-MDEA/OFPM, emitido por la Oficina de Planeamiento y Modernización, establece que es técnicamente viable la aprobación del proyecto de ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2027 la vigencia de la Ordenanza N° 773-2025-MDEA, al encontrarse justificada la estabilidad de la base predial y garantizar la eficiencia operativa de la recaudación municipal.
Que, mediante Informe N° 000457-2026-SGD-MDEA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, emite opinión favorable al proyecto de ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2027, la vigencia de la Ordenanza N° 773-2025-MDEA, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de El Agustino.
Que, con el Memorando N° 000610-2026-SGD-MDEA/GM, la Gerencia Municipal remite el informe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, mediante el cual emite opinión favorable al proyecto de ordenanza que prorroga para el ejercicio fiscal 2027 la vigencia de la Ordenanza N° 773-2025-MDEA, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales en el distrito de El Agustino, solicitando poner a consideración del Concejo Municipal el referido proyecto de ordenanza, para conocimiento y aprobación correspondiente;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9, y el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de comisiones, de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
Ordenanza que prorroga para el ejercicio
fiscal 2027 la vigencia de la Ordenanza
N° 0773-2025-MDEA que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de Actualización de Valores, Determinación del Tributo y distribución domiciliaria de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
en el distrito de El Agustino.
Artículo 1.- PRORROGAR para el ejercicio del año 2027, la vigencia del derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2026, establecido en la Ordenanza N° 0773-2025-MDEA, en el distrito de El Agustino, norma municipal que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 475-MML, publicada en el diario oficial “El Peruano” con fecha 31 de diciembre de 2025, exigible a los contribuyentes, que asciende a S/ 5.20 por un predio y S/ 1.00 por cada predio adicional.
Artículo 2.- La presente ordenanza entrará en vigor a partir del 01 de enero de 2027, previa publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, conforme al marco normativo vigente.
Artículo 3.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Subgerencia de Recaudación y Fiscalización Tributaria y a la Oficina de Tecnologías de la Información, su publicación en el portal de la Municipalidad Distrital de El Agustino y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).
Artículo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal comunicar formalmente la presente ordenanza al Servicio de Administración Tributaria - SAT, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 35.4 del Artículo 35° de la Ordenanza 2799 de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARTHA GLADYS DE LA CRUZ DE VELARDE
Alcaldesa
2563633-1