Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 000120-2026-CENFOTUR/J
Barranco, 5 de octubre del 2026
VISTO:
Informe Técnico Nº 000102-2026-CENFOTUR/UC;
Memorando Nº 000538-2026-CENFOTUR/OAF;
Informe Nº 000024-2026-CENFOTUR/OAF; Memorándum
Nº 000155-2026-CENFOTUR/UC; Informe Nº 000589-
2026-CENFOTUR/UP; Memorando Nº 000225-2026-
CENFOTUR/OPPD; Informes Nº 000113-2026-
CENFOTUR/OAJ y Nº 000124-2026-CENFOTUR/OAJ; Memorándum Nº 000087-2026-CENFOTUR/GG; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa de conformidad con el Decreto Ley Nº 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo Nº 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística;
Que, el segundo párrafo del artículo 20 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por Ley Nº 30742, establece que “las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”;
Que, el tercer párrafo del citado artículo 20 establece que “las transferencias financieras se aprueban (…) requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad”;
Que, mediante Memorando Nº 000538-2026-
CENFOTUR/OAF, la Oficina de Administración y Finanzas, sustentado en el Informe Técnico Nº 000102-2026-CENFOTUR/UC elaborado por la Unidad de Contabilidad, concluye gestionar las acciones necesarias para atender la transferencia financiera correspondiente al periodo 2026, por S/ 59 812,00, así como la documentación que corresponda para acreditar su atención ante la Contraloría General de la República;
Que, mediante Informe Nº 000589-2026-CENFOTUR/UP, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo concluye, entre otros aspectos, que corresponde atender la transferencia financiera por S/ 59 812,00 para el ejercicio 2026, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, contándose para dicho efecto con la Nota de Certificación de Crédito Presupuestario Nº 1057-2026;
Que, mediante Informe Nº 000113-2026-CENFOTUR/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica advirtió que, habiendo vencido en junio de 2026 el plazo inicialmente previsto para efectuar la transferencia correspondiente al periodo 2026, resultaba necesario contar con información actualizada que permitiera determinar que dicha transferencia mantenía su finalidad y podía ser aplicada a la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente;
Que, en atención a ello, mediante Memorándum Nº 000087-2026-CENFOTUR/GG, la Gerencia General requirió información complementaria a la Oficina de Administración y Finanzas; la cual, mediante Informe Nº 000024-2026-CENFOTUR/OAF, sustentado, entre otros, en el Memorándum Nº 000155-2026-CENFOTUR/UC, incorporó al expediente la comunicación electrónica de la Contraloría General de la República de fecha 17 de septiembre de 2026, mediante la cual dicho órgano confirmó que CENFOTUR puede efectuar la transferencia financiera por la retribución económica correspondiente al periodo 2026, recomendó realizarla en el más breve plazo para su inclusión en la próxima convocatoria a Concurso Público de Méritos y precisó que continuarán las acciones correspondientes al proceso de designación de la Sociedad de Auditoría;
Que, mediante Informe Nº 000124-2026-CENFOTUR/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, luego de evaluar la información complementaria incorporada al expediente, concluyó que se encuentra atendido el requerimiento formulado mediante Informe Nº 000113-2026-CENFOTUR/OAJ y que resulta jurídicamente viable aprobar la transferencia financiera correspondiente al ejercicio 2026;
Que, de conformidad con el artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, la competencia de las entidades se sustenta en la Constitución y la ley; asimismo, el artículo 20 de la Ley Nº 27785 establece que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publican en el Diario Oficial El Peruano. En concordancia con ello, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de CENFOTUR señala que la Jefatura ejerce la titularidad del pliego presupuestal, correspondiéndole, por tanto, aprobar la presente transferencia financiera mediante Resolución Jefatural;
Con la visación de la Gerencia General, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, Decreto Legislativo Nº 1451, Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, la Resolución Jefatural Nº 001-2023-CENFOTUR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, y la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, hasta por S/ 59 812.00 (cincuenta y nueve mil ochocientos doce y 00/100 soles), fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a financiar la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría por el ejercicio 2026.
Artículo Segundo.- La transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al presupuesto del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, para el ejercicio fiscal 2026, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Meta 0037 y Clasificador del Gasto 24.13.11.
Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal de transparencia del Centro de Formación en Turismo.
Regístrese y comuníquese.
GRACIELA MARGARITA MARÍA SEMINARIO MARÓN
Jefa
Centro de Formación en Turismo
CENFOTUR
2563381-1