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Fecha de publicación: 11/10/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante déficit hídrico para el período de lluvias 2026-2027

Autorizan viaje de miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones para participar en evento a realizarse en Panamá

RESOLUCIÓN Nº 000182-2026-P/JNE

Lima, 10 de octubre del 2026

VISTOS:

El Informe Nº 000102-2026-OGCRI/JNE, del 18 de setiembre de 2026, de la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales; y el Informe Nº 001196-2026-OGAJ/JNE, del 9 de octubre de 2026, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Nota Nº 285-MP-TE, del 19 de agosto de 2026, la Presidencia del Tribunal Electoral de Panamá, que ejerce la Presidencia de la Red Mundial de Justicia Electoral (RMJE), invita a que el presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), o una persona a quien él designe, participe en la “Séptima Asamblea Plenaria de la RMJE”, a realizarse los días 14 y 15 de octubre de 2026, en Panamá, precisando que cubrirán costos de boleto aéreo, hospedaje, alimentación y transporte interno;

Que, la Presidencia del JNE, por Oficio Nº 000474-2026-P/JNE, del 7 de setiembre de 2026, manifiesta la participación del magistrado Rubén Jaime Torres Cortez, miembro titular del Pleno del JNE (en adelante, magistrado), en representación de la entidad;

Que, mediante Certificación Nº 03781-2026-OGPPM/JNE, del 25 de setiembre de 2026, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, otorga la certificación de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fiscal 2026, en el presupuesto del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, por el importe de S/ 244.80 (doscientos cuarenta y cuatro y 80/100 soles), para la adquisición de la póliza de seguro de viaje internacional, para el magistrado;

Que, mediante Resolución Nº 0821-2025-JNE, publicada el 25 de diciembre de 2025, en el diario oficial El Peruano, se declaró en sesión permanente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, respecto de las Elecciones Regionales y Municipales 2026, desde su convocatoria; asimismo, se habilitó sábados, domingos y feriados, para la programación y realización de audiencias públicas, sesiones deliberativas, notificaciones, así como otras actuaciones procesales, en el marco de dichos procesos;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el Informe Nº 001196-2026-OGAJ/JNE, considera relevante nuestra participación en el evento descrito en esta decisión, considerando, además, tal como lo manifiesta la Oficina General de Cooperación y Relaciones Internacionales, en el informe de vistos, que se recomienda la participación del magistrado. En dicho sentido, considera jurídicamente viable que se emita el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios objeto de la presente decisión;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

En uso de las atribuciones de las que está conferida esta Presidencia;

RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del magistrado Rubén Jaime Torres Cortez, en su condición de miembro del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por el periodo comprendido del 13 al 16 de octubre de 2026, para que participe en la “Séptima Asamblea Plenaria de la RMJE”, a realizarse los días 14 y 15 de octubre de 2026, en Panamá.

Artículo Segundo.- OTORGAR PERMISO CON GOCE DE HABER por comisión de servicios al magistrado, por el periodo comprendido del 13 al 16 de octubre de 2026, para su participación como representante del Jurado Nacional de Elecciones en el evento descrito en el artículo precedente.

Artículo Tercero.- PRECÍSESE que, por acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, no se afectará el despacho interno de la institución.

Artículo Cuarto.- Esta entidad cubrirá los gastos del magistrado según el siguiente detalle:

- Seguro de viaje internacional: S/ 244.80 (doscientos cuarenta y cuatro y 80/100 soles).

Artículo Quinto.- Disponer que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado presente, a este despacho, un informe detallado, describiendo acciones realizadas y resultados obtenidos.

Artículo Sexto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo Sétimo.- Transcribir la presente decisión a la Oficina General de Administración, y al comisionado, para su conocimiento y los fines consiguientes.

Artículo Octavo.- La presente resolución se publica en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO ROLANDO BURNEO BERMEJO

Presidente

Jurado Nacional de Elecciones

2563357-1