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Fecha de publicación: 11/10/2026
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín, Tacna y Ucayali, por peligro inminente ante déficit hídrico para el período de lluvias 2026-2027

Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a los Estados Unidos Mexicanos, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 625-2026-RE

Lima, 9 de octubre de 2026

VISTOS:

El Memorándum N° DAE014872026 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 23 de setiembre de 2026; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4171 del Despacho Viceministerial, de 28 de setiembre de 2026; el Memorándum N° OPP023152026 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 2 de octubre de 2026, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP029412026 de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 5 de octubre de 2026;

CONSIDERANDO:

Que, la Alianza del Pacífico es un mecanismo de integración profunda que busca avanzar progresivamente hacia la liberalización del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pacífico y al mundo;

Que, la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico viene siendo ejercida por los Estados Unidos Mexicanos. En ese sentido, el Director General para Organismos y Mecanismos Regionales Americanos de la Secretaría de Relaciones Exteriores y el Director para América Latina, el Caribe y Alianza del Pacífico de la Secretaría de Economía, Coordinadores Nacionales de México para la Alianza del Pacífico, han cursado una invitación al Director General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú para que asista a la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pacífico, en calidad de titular de la Coordinación Nacional por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, el 15 de octubre de 2026, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos;

Que, la referida reunión dará continuidad a los trabajos del bloque, ofreciendo un espacio para el diálogo directo entre las coordinaciones nacionales de los cuatro países para dar seguimiento a los acuerdos alcanzados durante la pasada ronda de reuniones, revisar los avances sustantivos de los Grupos Técnicos y preparar temas estratégicos que serán elevados a consideración del Grupo de Alto Nivel (GAN) durante su sesión del viernes 16 de octubre de 2026. Asimismo, permitirá avanzar en la preparación de la ronda de reuniones de diciembre, ocasión en la que se procederá al traspaso de la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pacífico al Perú;

Que, en ese sentido, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos; y del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Adolfo Banda Necochea, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos, en los eventos antes mencionados con el objetivo de hacer un adecuado seguimiento técnico y político;

Que, por razones de itinerario, el viaje de los citados funcionarios diplomáticos a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, se realizará del 14 al 17 de octubre de 2026; y,

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial N° 0516-2025-RE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 14 al 17 de octubre de 2026, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución:

• Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos; y,

• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Eduardo Adolfo Banda Necochea, Director de Integración, de la Dirección General para Asuntos Económicos.

Artículo 2.- Gastos

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (290) 0090930 ‘‘Integración y negociaciones económicas internacionales - Dirección de Integración’’; y Código POI AOI00004500049 “Organización y participación en las Rondas de Reuniones y Eventos Conexos de la Alianza del Pacífico”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

N°

Nombres y Apellidos

Pasaje aéreo
clase económica
USD

Viáticos
por día

USD

Número de días

Total de viáticos

USD

1

Jorge Félix Rubio Correa

2,888.07

440.00

2 + 1

1 320.00

2

Eduardo Adolfo Banda Necochea

2,888.07

440.00

2 + 1

1 320.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda.

Artículo 3.- Informe

Dentro de los quince días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar, al Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.

Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos

La presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ESPÁ

Ministro de Relaciones Exteriores

2563332-1