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Fecha de publicación: 12/10/2026
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Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

N° 0030-2026/DP

Lima, 6 de octubre de 2026

VISTA:

La Hoja de Elevación N° 0166-2026-DP/OGPP emitida por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el informe N° 0052-2026-DP/OGPP-OPRE de su Oficina de Presupuesto, la Hoja de Elevación N° 0309-2026-DP/OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas, que adjunta el Oficio N° 000781-2025-CG/GAD, y el Informe N° 0735-2026-DP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el segundo y tercer párrafo del artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y sus modificatorias, señalan que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, y se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto, debiéndose publicar la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, a través de la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, mediante el Oficio N° 000781-2025-CG/GAD, la Contraloría General de la República señala que la Defensoría del Pueblo, deberá efectuar la transferencia financiera correspondiente al 100% de la retribución económica por la auditoría financiera del ejercicio 2026;

Que, mediante la Hoja de Elevación N° 0309-2026-DP/OGAF, la Oficina General de Administración y Finanzas señala que de acuerdo al tarifario aprobado a través de la Resolución de Contraloría N° 0237-2021-CG de fecha 04 de noviembre de 2021, se establece el monto de S/ 117,056.00 (Ciento Diecisiete Mil Cincuenta y Seis con 00/100 Soles) por cada ejercicio auditado, correspondiendo realizar la transferencia del 100% de la retribución económica (incluyendo el IGV);

Que, a través de la Hoja de Elevación N° 0166-2026-DP/OGPP de fecha 02 de octubre de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que mediante el informe N° 0052-2026-DP/OGPP-OPRE, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que es factible otorgar la conformidad a la transferencia de recursos en el presente año 2026, conforme el siguiente detalle:

Operación

Concepto

Año 2026

Transferencia Financiera

100% Retribución Económica por los servicios de la Sociedad Auditora, que se encargará de auditar los estados financieros de la Defensoría del pueblo, del periodo 2026 (Incluye IGV)

S/ 117,056.00

Total

S/ 117,056.00

Que, asimismo, el referido informe de la Oficina de Presupuesto concluye lo siguiente: “(…) 3.2 La transferencia financiera autorizada en el numeral anterior se atiende con cargo al Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; mediante el SIAF, seleccionando el tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada), a favor de la U.E. 001-196: Contraloría General”;

Que, con el Informe N° 0735-2026-DP/OGAJ, del 06 de octubre de 2026, en atención al proveído de la Secretaría General recaído en la Hoja de Elevación N° 0166-2026-DP/OGPP emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República destinada a efectuar la auditoría financiera gubernamental, a cargo de una Sociedad de Auditoría”;

Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones y facultades conferidas por el artículo 5° y el numeral 8 del artículo 9° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modificatorias, y de conformidad con lo previsto en los literales d) y r) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 006-2025/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2026, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 117 056.00 (Ciento Diecisiete Mil Cincuenta y Seis con 00/100 Soles) en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado al pago de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al ejercicio 2026.

Artículo Segundo.- La transferencia financiera autorizada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.13.11 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo Tercero.- Los recursos autorizados en el Artículo Primero no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR

Defensor del Pueblo

Defensoría del Pueblo

2563273-1