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Fecha de publicación: 10/10/2026
Encargan al Director de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI, las funciones de Presidente del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación - CONCYTEC

Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Colombia, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

N° 01237-2026-DE

Lima, 7 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio N° 174 SCGE/N-04 de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02451-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01876-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Acta de la III Reunión Bilateral de Estado Mayor entre el Ejército del Perú y el Ejército Nacional de Colombia, se suscribieron una serie de Entendimientos, entre ellos, el Entendimiento N° 35 “Intercambio de experiencias de supervivencia en combate”, a desarrollarse durante el tercer trimestre 2026 en la República de Colombia;

Que, con Oficio N° 174 SCGE/N-04, complementado con el correo electrónico del 5 de octubre de 2026, la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal del Ejército del Perú, que participará en el Intercambio de experiencias de supervivencia en combate, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 12 al 16 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 11 de octubre y su retorno el 17 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento y correo electrónico, la institución armada remite entre otros, el Dictamen Legal N° 1898-2026/OAJE, la exposición de motivos, el documento “Hoja de Gastos” del 27 de setiembre de 2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000007506 y N° 0000007507, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del referido personal; por cuanto, les permitirá intercambiar experiencias técnicas y procedimientos relacionados a supervivencia de combate en el agua y fase de contraterrorismo en Colombia, consolidando entrenamientos estratégicos que contribuirán a obtener conocimientos y experiencias que permitan fortalecer la interoperabilidad y cooperación internacional entre ambos Ejércitos;

Que, conforme a lo indicado en el Radicado N° 2026124001840551: MDN-COGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE del Director de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia, los gastos de alojamiento serán asumidos por el Ejército Nacional de Colombia; razón por la cual, debe otorgarse viáticos diarios hasta un cuarenta por ciento (40%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial N° 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;

Que, a través del Oficio N° 02451-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 190-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01876-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal del Ejército del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en el Intercambio de experiencias de supervivencia en combate, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 12 al 16 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 11 de octubre y su retorno el 17 de octubre de 2026.

Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima – Bogotá (República de Colombia) - Lima

Clase económica

US$ 1,410.00 x 10 personas US$ 14,100.00

Viáticos

US$ 370.00 x 5 días x 10 personas x 40% US$ 7,400.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 21,500.00

Artículo 3.- El Comandante General del Ejército del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

Ministerio de Defensa

2563232-1