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Fecha de publicación: 08/10/2026
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Modifican el Decreto N° 007-2026-GRA/GR, que aprobó el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Agricultura

DECRETO REGIONAL

N° 011-2026-GRA/GR

Huaraz, 23 de setiembre de 2026

EL GOBERNADOR REGIONAL DE ANCASH

VISTO:

El Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, de fecha 31 de julio de 2026, que aprueba el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Áncash; el Memorándum N° 422-2026-GRA/GRAJ, de fecha 7 de setiembre de 2026; y demás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, el artículo 40° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano;

Que, mediante Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, de fecha 31 de julio de 2026, se aprobó el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Áncash;

Que, de la revisión de los antecedentes que obran en el expediente, se observa que el Gerente Regional de Asesoría Jurídica mediante el Memorándum N° 422-2026-GRA/GRAJ, de fecha 7 de setiembre de 2026, emitió opinión sobre la aprobación del Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Agricultura, advirtiendo que, de conformidad al Ítem E, del Sub Capítulo II del Capítulo III - MANUAL DE OPERACIONES de “Los Lineamientos N° 02-2020-SGP”, establece que: “E. PUBLICACIÓN DEL MOP - Para la publicación del MOP se toman en cuenta las mismas consideraciones con relación a la publicación de un ROF”, por lo que recomienda elaborar un nuevo Decreto Regional a través del cual se incorpore al Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, de fecha 31 de julio de 2026, un artículo donde se DISPONGA la publicación del decreto regional en mención en el Diario Oficial El Peruano, precisando además que ese decreto que incorporará la publicación, también disponga su publicación en el Diario Oficial El Peruano, por lo que resulta necesario incorporar dicha disposición, a efectos de completar el contenido del referido acto administrativo y permitir su publicación conforme a la normativa aplicable;

Que, en ese sentido, corresponde emitir un Decreto Regional que incorpore el artículo cuarto al Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, de fecha 31 de julio de 2026, que disponga la publicación del mencionado Decreto Regional en el Diario Oficial: “El Peruano”, en la página web del Gobierno Regional de Ancash y la Dirección Regional de Agricultura Ancash;

Que, asimismo, corresponde disponer la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial: “El Peruano”, a fin de garantizar su publicidad;

Que, estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones establecidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- INCORPORAR el artículo cuarto al Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, de fecha 31 de julio de 2026, que aprueba el Manual de Operaciones (MOP) de la Dirección Regional de Agricultura del Gobierno Regional de Áncash, bajo los siguientes términos:

“Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y el Texto Íntegro del MOP en la página web del Gobierno Regional de Ancash: www.regionancash.gob.pe y en el portal de la Dirección Regional de Agricultura Ancash: www.agroancash.gob.pe”

Artículo Segundo.- PRECISAR que la incorporación dispuesta mediante al artículo precedente tiene por objeto complementar el Decreto Regional N° 007-2026-GRA/GR, manteniéndose vigente todos los demás extremos del citado acto administrativo.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Áncash.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional de Áncash las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Regional.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

FABIÁN KOKI NORIEGA BRITO

Gobernador Regional

2562810-1