Ordenanza Regional para la gobernanza y el desarrollo responsable de la inteligencia artificial en el Gobierno Regional de Arequipa y la región Arequipa
ORDENANZA REGIONAL
Nº 562-AREQUIPA
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
POR CUANTO:
Que, por las consideraciones expuestas en la exposición de motivos, y al amparo de la Constitución Política del Perú, la ley N° 27783 de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867 Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modificatorias y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional N° 154-AREQUIPA y sus modificatorias.
SE HA APROBADO LA SIGUIENTE:
ORDENANZA REGIONAL PARA
LA GOBERNANZA Y EL DESARROLLO RESPONSABLE DE LA INTELIGENCIA
ARTIFICIAL EN EL GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA Y LA REGIÓN AREQUIPA
Artículo 1°.- OBJETO Y FINALIDAD
La presente Ordenanza Regional tiene por objeto establecer lineamientos para la gobernanza, desarrollo, implementación y uso responsable de los sistemas basados en inteligencia artificial en el Gobierno Regional de Arequipa y en la región Arequipa, promoviendo su utilización para la mejora de la gestión pública y la prestación de servicios a la ciudadanía, en concordancia con la Ley N° 31814 y su reglamento, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, la Ley de Gobierno Digital y normativa vigente, así como las disposiciones del ente rector del Sistema Nacional de Transformación Digital.
Artículo 2°.- PRINCIPIOS
El desarrollo, implementación y uso de sistemas basados en inteligencia artificial en el Gobierno Regional de Arequipa y en la región Arequipa se rige por los principios establecidos en la normativa vigente en la materia, los cuales se entienden incorporados a la presente Ordenanza.
Estos comprenden los principios de no discriminación, privacidad de los datos personales, protección de los derechos fundamentales, respeto del derecho de autor y derechos conexos, seguridad, proporcionalidad y fiabilidad, sensibilización y educación en inteligencia artificial, sostenibilidad, supervisión humana, transparencia, rendición de cuentas, desarrollo ético para una inteligencia artificial responsable y estándares de seguridad basados en riesgos.
Artículo 3°.- POLÍTICA INSTITUCIONAL DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL
El Comité de Gobierno y Transformación Digital, presidido por el Gobernador regional o su representante, adopta las acciones necesarias para la elaboración, aprobación e implementación de la Política Institucional de uso seguro, responsable y ético de los sistemas basados en inteligencia artificial, de conformidad con la normativa nacional vigente.
Artículo 4°.- INVENTARIO REGIONAL DE SISTEMAS BASADOS EN INTELIGENCIA ARTIFICIAL
El Gobierno Regional de Arequipa, mediante la Oficina de Transformación Digital y Tecnologías de la Información y Comunicación, implementa y mantiene actualizado un inventario institucional de los sistemas basados en inteligencia artificial, utilizados, desarrollados o adquiridos por la entidad, el cual contendrá como mínimo, información sobre la finalidad del sistema, órgano responsable, principales funcionalidades, tipo de sistema y política de tratamiento de datos personales.
Los órganos y unidades orgánicas del Gobierno Regional de Arequipa que desarrollen, adquieran, implementen o utilicen sistemas basados en inteligencia artificial deben observar los principios establecidos en el artículo 2 de la presente ordenanza, de conformidad con la normativa vigente.
Artículo 5°.- PROMOCIÓN DE PROYECTOS DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y TECNOLOGÍAS DIGITALES CON VALOR PÚBLICO
La Gerencia Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación promueve el desarrollo, implementación y adopción de proyectos de inteligencia artificial y tecnologías digitales orientados a la generación de valor público, la eficiencia y mejora de la gestión pública, la optimización de los servicios regionales y la atención de problemas públicos, además de coordinar la réplica de estas buenas prácticas con los gobiernos locales de la región, en el marco de sus competencias y en concordancia con la normativa vigente.
Artículo 6°.- CAPACITACIÓN EN COMPETENCIAS DIGITALES E INTELIGENCIA ARTIFICIAL A SERVIDORES PÚBLICOS
El Comité de Gobierno y Transformación Digital del Gobierno Regional de Arequipa, en coordinación con la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la institución, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, desarrolla actividades de capacitación en competencias digitales, aplicación de la inteligencia artificial en la gestión pública y ética de la inteligencia artificial a servidores públicos, así como el marco normativo nacional y regional aplicable.
Artículo 7°.- SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN REGIONAL
El Comité de Gobierno y Transformación Digital del Gobierno Regional de Arequipa remite trimestralmente al Consejo Regional una copia del reporte interno sobre los avances en la implementación de la Política Institucional de uso seguro, responsable y ético de los sistemas basados en inteligencia artificial, los proyectos de inteligencia artificial comprendidos en el Plan de gobierno digital vigente del Gobierno Regional de Arequipa, los sistemas identificados en el inventario institucional y las acciones desarrolladas en el marco de la presente Ordenanza.
La remisión de dicha información no sustituye los mecanismos de reporte, evaluación y seguimiento establecidos por la Presidencia del Consejo de Ministros para la implementación de la Ley N° 31814 y su reglamento, la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial, la Ley de Gobierno Digital y normativa vigente.
Artículo 8°.- PROMOCIÓN DE LA GOBERNANZA RESPONSABLE DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LAS ENTIDADES PÚBLICAS DE LA REGIÓN
El Gobierno Regional de Arequipa, mediante sus órganos competentes, promueve que las entidades públicas de la región, adopten progresivamente medidas y mecanismos para la gobernanza, desarrollo y uso de sistemas basados en inteligencia artificial, considerando, los principios y disposiciones establecidas en la presente ordenanza y la normativa vigente.
El Gobierno Regional promoverá espacios de coordinación e intercambio de buenas prácticas y desarrollará acciones de capacitación, en coordinación con la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, y demás entidades competentes.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los veintidós días de septiembre de 2026.
NORMA ALEJANDRA ORTEGA VALDIVIA
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, a los seis días del mes de octubre del dos mil veintiséis.
ROHEL SANCHEZ SANCHEZ
Gobernador del Gobierno Regional de Arequipa
2562769-1