Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 3085-2026-MP-FN
Lima, 6 de octubre de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 005695, 006081 y 006728-2026-MP-FN-PJFS-DFLE, e informe Nº 0566-2026-MP-FN-OREF-MYGL, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino, y remite información complementaria de los abogados propuestos.
Por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2278-2019-MP-FN y 1520-2020-MP-FN, de fechas 28 de agosto de 2019 y 31 de diciembre de 2020, respectivamente, se resolvió nombrar al abogado Ángel José Rafael Quispe, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, con reserva de su plaza de origen; vigencia sujeta a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Ángel José Rafael Quispe, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0566- 2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 28 de agosto de 2026.
Cabe acotar que el mencionado abogado registra una plaza indeterminada bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, conforme se advierte del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA), por lo que corresponde la reserva de su plaza de origen.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Ángel José Rafael Quispe, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, y su designación en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Lurigancho - Zona Baja, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 2278-2019-MP-FN, 1520-2020-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 28 de agosto de 2019, 31 de diciembre de 2020 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Ángel José Rafael Quispe, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de El Agustino, con reserva de su plaza de origen.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Ángel José Rafael Quispe que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2562353-2