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Fecha de publicación: 16/10/2026
Encargan funciones de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI

Formalizan transferencia económica a favor de diversas municipalidades

Resolución Ejecutiva Regional

Nº 318-2026-G.R.P./GOB

Cerro de Pasco, 29 de setiembre de 2026

EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO.

VISTO:

El Memorando Nº 0945-2026-G.R.P/GOB, de fecha 30 de setiembre del 2026, suscrito por el Gobernador Regional, Informe Legal Nº 1571-2026-GRP-GGR/GAJ, de fecha 29 de setiembre del 2026, suscrito por el Gerente de Asesoría Jurídica, Informe Nº 0704-2026-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 29 de setiembre del 2026, suscrito por el Gerente Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, y;

CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de sus competencia, conforme a lo dispuesto en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867; constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal, cuya misión es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región Pasco.

Que, la Autonomía Política de los Gobiernos Regionales se define como la facultad de adoptar y concordar las Políticas, Planes y Normas en los asuntos de su Competencia, Aprobar y Expedir sus normas, decidir a través de sus Órganos de Gobierno y Desarrollar las funciones que le son inherentes conforme a lo establecido en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización.

Que, en concordancia al Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en su artículo 76.1, “Son transferencias financieras, los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de entidades que no constituye pliego presupuestario”, agregando que “las transferencias financieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las leyes anuales de Presupuesto del Sector Público”.

Ahora bien, por disposición de la Quincuagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2026, se autoriza a los Gobiernos Regional durante el Año Fiscal 2026 a realizar transferencias financieras a favor de la Municipalidad Provincial del ámbito geográfico de la Municipalidad de Centro Poblado, para financiar la prestación de los servicios públicos delegados a las Municipalidades de Centros Poblados, previa suscripción de convenio del Gobierno Regional con la Municipalidad Provincial del ámbito geográfico de la Municipalidad de Centro Poblado. Las transferencias financieras autorizadas en el marco de la presente disposición se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario oficial “El Peruano”. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia conforme a la presente disposición. Asimismo, se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2026, a los gobiernos regionales, a utilizar los recursos del Fondo de Compensación Regional (FONCOR) para realizar transferencias financieras en el marco de la presente disposición, a favor de las municipalidades de centros poblados.

Que, mediante Acuerdo de Concejo Municipal Nº 059-2026/HMPP-CM, de fecha 15 de abril de 2026, la Municipalidad Provincial de Pasco, se aprueba la suscripción del CONVENIO ESPECIFICO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO.

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 082-2026-MPO, de fecha 21 de mayo del 2026, emitido por la Municipalidad Provincial de Oxapampa, se aprueba la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA PARA LA ASIGNACION DIRECTA DE RECURSOS A LAS 16 MUNICIPALIDADES DE CENTROS POBLADOS CON FUNCIONES DELEGADAS .

Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 087-2026-GRPASCO/CR, de fecha 21 de julio del 2016, el Consejo Regional de Pasco aprueba realizar la transferencia económica por la suma de S/. 299,930.00 del rubro 15: Fondo de Compensación Regional (FONCOR) a la Municipalidad Provincial de Pasco, Municipalidad Provincial de Oxapampa y Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión, de acuerdo al siguiente detalle:

Nº

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

CENTROS POBLADOS

ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL

TRANSFERENCIA TOTAL

1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO

46

3,370.00

155,020.00

2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA

16

3,370.00

53,920.00

3

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE DANIEL ALCIDES CARRION

27

3,370.00

90,990.00

TOTAL

299,930.00

Que, mediante Acuerdo de Concejo Extraordinario Nº 000025-2026-MPDAC/A, de fecha 10 de setiembre de 2026, el Consejo Regional de la Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión, se aprueba la suscripción del CONVENIO ESPECIFICO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL DE PASCO Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO.

Que, mediante Memorando Nº 2532-2026-G.R.PASCO-GB/GGR, de fecha 28 de setiembre del 2026, se solicita la proyección de la Resolución Ejecutiva Regional para formalizar la transferencia económica por la suma de S/.299,930.00 del rubro 15: Fondo de Compensación Regional (FONCOR) a la Municipalidad Provincial de Pasco, Municipalidad Provincial de Oxapampa y Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión.

Que, mediante Informe Nº 03317-2026-GRP-GGR-GRPPAT/SGPT, de fecha 29 de setiembre del 2026, la Sub Gerencia Regional de Presupuesto, remite informe presupuestal; señalando que en el marco de su competencia informa la viabilidad para la suscripción y emisión de la Resolución Ejecutiva Regional para formalizar la transferencia económica por la suma de S/.299,930.00 del rubro 15: Fondo de Compensación Regional (FONCOR) a la Municipalidad Provincial de Pasco, Municipalidad Provincial de Oxapampa y Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión; en atención al primer párrafo de la quincuagésima primera disposición complementaria final de la Ley Nº 32513; mismo informe que es tramitado mediante Informe Nº 0704-2026-GRP-GGR/GRPPAT, de fecha 29 de setiembre del 2026, emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial.

Que, por todo lo expuesto en el presente acto resolutivo, y en uso de las facultades y las atribuciones otorgadas mediante Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 32096 y los Instrumentos de Gestión del Gobierno Regional de Pasco;

RESUELVE:

Artículo Primero.- FORMALIZAR la transferencia económica por la suma de S/.299,930.00 (Doscientos noventa y nueve mil novecientos treinta con 00/100 soles) del rubro 15: Fondo de Compensación Regional (FONCOR), a favor de la Municipalidad Provincial de Pasco, Municipalidad Provincial de Oxapampa y Municipalidad Provincial de Daniel Alcides Carrión; en atención al primer párrafo de la quincuagésima primera disposición complementaria final de la Ley Nº 32513; y en atención al Acuerdo de Consejo Nº 087-2026-GRPASCO/CR, de fecha 21 de julio del 2016, mediante el cual el Consejo Regional de Pasco aprueba realizar la transferencia económica, de acuerdo al siguiente detalle:

Nº

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

CENTROS POBLADOS

ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL

TRANSFERENCIA TOTAL

1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO

46

3,370.00

155,020.00

2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA

16

3,370.00

53,920.00

3

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE DANIEL ALCIDES CARRION

27

3,370.00

90,990.00

TOTAL

299,930.00

Artículo Segundo.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Pasco, como corresponda, para su conocimiento, cumplimiento y los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Juan Luis CHOMBO HEREDIA

Gobernador Regional

2562260-1