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Fecha de publicación: 07/10/2026
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Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de San Juan

RESOLUCIóN N° 3767-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026265366

SAN JUAN - SIHUAS - ÁNCASH

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, 26 de agosto de 2026

VISTO: el Oficio N° 141-2026-MDSJ/A, del 17 de agosto de 2026, presentado por don Benito Valverde Moreno, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), por medio del cual comunicó la licencia sin goce de haber concedida a su favor con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), y solicitó la expedición de las credenciales provisionales correspondientes.

ANTECEDENTE

1.1. Con el oficio citado en el visto, el señor alcalde informó sobre la licencia sin goce de haber concedida a su favor, a fin de que se convoque a quienes correspondan para completar el concejo municipal durante dicho periodo. Para tal efecto, adjuntó la solicitud de licencia, el Acta N° 010-2026-MDSJ, del 27 de mayo de 2026, y el Acuerdo de Concejo N° 025-2026-MDSJ/A, del 28 de mayo de 2026, por medio del cual el Concejo Distrital de San Juan otorgó la licencia solicitada por treinta (30) días naturales, con eficacia a partir del 4 de setiembre de 2026, debido a su participación como candidato en las ERM 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación.

En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 dispone que, en caso de vacancia o ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, establece que, para reemplazar a los regidores, se convoca a los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1

1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la república y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la república.

En la Resolución N° 00746-2025-JNE2, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 2026

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:

6.1. Las solicitudes de Licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14 regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que el señor alcalde presentó su solicitud de licencia el 26 de mayo de 2026 y señaló expresamente que debía hacerse efectiva a partir del 4 de setiembre de 2026, por treinta (30) días naturales. Posteriormente, mediante el Acuerdo de Concejo N° 025-2026-MDSJ/A, del 28 de mayo de 2026, el Concejo Distrital de San Juan otorgó la referida licencia, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).

2.2. Al respecto, se debe tener en cuenta que, en aplicación del acápite 6.1 del numeral 6 de la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.), el periodo de las licencias abarcará desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con lo cual se computan treinta (30) días naturales antes de las ERM 2026.

2.3. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del Distrito de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, emitida el 24 de octubre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Pomabamba, se advierte que don Apolonio Vicente Rosales Sotelo, identificado con DNI N° 40257283, fue proclamado como primer regidor por la organización política Movimiento Regional El Maicito. Asimismo, don Luis Modesto Lorenzo Tolentino, identificado con DNI N° 33259170, es el candidato no proclamado de la misma organización política ubicado inmediatamente después de los regidores proclamados de dicha lista electoral.

2.4. Por otro lado, de las consultas efectuadas en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, no se localizaron coincidencias que evidencien la participación de los referidos ciudadanos en las ERM 20263.

2.5. Asimismo, de las consultas efectuadas en la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verificó que ambos ciudadanos no presentan restricciones y no registran fecha de fallecimiento.

2.6. En ese sentido, corresponde convocar a don Apolonio Vicente Rosales Sotelo para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan durante el periodo de la licencia. Asimismo, con la finalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Luis Modesto Lorenzo Tolentino para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan durante el mismo periodo.

2.7. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, los magistrados del Jurado Nacional de Elecciones que a continuación suscriben, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Benito Valverde Moreno como alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2. CONVOCAR a don Apolonio Vicente Rosales Sotelo, identificado con DNI N° 40257283, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a don Luis Modesto Lorenzo Tolentino, identificado con DNI N° 33259170, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan, provincia de Sihuas, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 6 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicado el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar

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