Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 3071-2026-MP-FN
Lima, 5 de octubre de 2026
VISTOS:
Los oficios Nºs. 004356 y 004822-2026-MP-FN-PJFS-SANMARTIN, de fechas 13 de julio y 11 de agosto de 2026, respectivamente, e informe Nº 0218-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 3 de septiembre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martin, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba.
Con oficio Nº 000032-2026-MP-FN-UEDFSMAR-APH, suscrito por el Área de Potencial Humano de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal de San Martín, se informa que la plaza mencionada en el párrafo precedente cuenta con registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) Nº 001532 y con disponibilidad presupuestal para ser ocupada.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3032-2025-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2025, entre otros, se resolvió designar al abogado Walter Eladio Peña Aguirre, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Moyobamba, Distrito Fiscal de San Martin, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
El artículo 65 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, establece que el fiscal llamado a cubrir provisionalmente una plaza superior es aquel que ocupe el puesto más alto en el cuadro de méritos de su nivel, como consecuencia del proceso de evaluación del desempeño parcial. En defecto de ello, el nombramiento se realiza respetando el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Walter Eladio Peña Aguirre, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0218-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 3 de septiembre de 2026.
De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Walter Eladio Peña Aguirre, fiscal adjunto provincial titular penal (corporativo) de Moyobamba, Distrito Fiscal de San Martin, en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3032-2025-MP-FN, de fecha 6 de octubre de 2025.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Walter Eladio Peña Aguirre, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de San Martín, designándolo en la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Moyobamba, con retención de su cargo de carrera (AIRHSP Nº 001532).
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Walter Eladio Peña Aguirre que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San Martín, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2562007-13