Aprueban “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y la Casilla Electrónica de la Autoridad Nacional del Agua”
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 0250-2026-ANA
San Isidro, 5 de octubre de 2026
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 0105-2026-ANA-DSNIRH/JCS y el Memorando Nº 1355-2026-ANA-DSNIRH de la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, el Informe Nº 0392-2026-ANA-OA-UATD de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario, el Memorando Nº 3159-2026-ANA-OA de la Oficina de Administración, el Informe Nº 0110-2026-ANA-OPP-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Memorando Nº 10338-2026-ANA-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 0814- 2026-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que la Autoridad Nacional del Agua es el ente rector y máxima autoridad técnico - normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, asimismo, es responsable del funcionamiento de dicho Sistema en el marco de lo establecido en dicha Ley;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias , entidades, organizaciones y procedimientos; con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; y, el artículo 4 de la referida Ley establece como finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Gobierno Digital, establece un marco de gobernanza para la implementación del gobierno digital en las entidades públicas que permita la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios públicos digitales. De igual manera, otorga a las entidades de la Administración Pública, la responsabilidad de implementar mecanismos digitales a favor del proceso de modernización del Estado y de transformación digital para beneficio de los ciudadanos y administrados;
Que, el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley Nº 31170, Ley que dispone la implementación de mesas de partes digitales y notificaciones electrónicas, señala que el servicio de notificaciones electrónicas se implementa a través de casillas electrónicas u otro medio tecnológico que cumpla con las características de la notificación establecidas en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, y con la especificación de domicilio digital establecido en el artículo 22 del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Gobierno Digital;
Que, el numeral 3.4 del artículo 3 de la Ley Nº 31170, dispone que la entidad que implemente un servicio de notificaciones electrónicas puede definir este servicio como primero en el orden de prelación de las notificaciones; además, la entidad puede definir las notificaciones electrónicas como obligatorias dispensando a aquellos administrados que en su localidad no cuenten con los medios técnicos adecuados;
Que, la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante Casilla Electrónica, establece el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la administración pública esté orientada a la protección del interés general, garantizando el derecho a la debida notificación implícito al debido procedimiento administrativo, de tal manera que se asegure el correcto desenvolvimiento del procedimiento administrativo;
Que, el numeral 20.4 del artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que la entidad que cuente con disponibilidad tecnológica puede asignar al administrado una casilla electrónica gestionada por esta, para la notificación de actos administrativos, así como actuaciones emitidas en el marco de cualquier actividad administrativa, siempre que cuente con el consentimiento expreso del administrado;
Que, con el Memorando Nº 3159-2026-ANA-OA, la Oficina de Administración brinda conformidad al Informe Nº 0392-2026-ANA-OA-UATD, la Unidad de Archivo y Trámite Documentario, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y Casilla Electrónica de la ANA”, con la finalidad de adecuar los procesos documentarios institucionales al marco normativo sobre Gobierno y Transformación Digital;
Que, con el Memorando Nº 10338-2026-ANA-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto brinda conformidad al Informe Nº 0110-2026-ANA-OPP-UPM de la Unidad de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable sobre la propuesta de aprobación de la Directiva;
Que, mediante Informe Legal Nº 0814-2026-ANA-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Jefatural que aprueba la “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y Casilla Electrónica de la ANA”;
Con los vistos de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General; y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital; la Ley Nº 31170, Ley que dispone la implementación de mesas de partes digitales y notificaciones electrónicas; la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante Casilla Electrónica; el Decreto Supremo Nº 006-2026-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Directiva
Aprobar la Directiva DI Nº 0003-2026-ANA/OA-UATD, denominada “Directiva que establece las disposiciones para el uso de la Mesa de Partes Digital y la Casilla Electrónica de la Autoridad Nacional del Agua”, la misma que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2.- Vigencia
La presente Resolución Jefatural entra en vigencia a los cuatro (4) días hábiles contados desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 3.- Publicación
Disponer a la Unidad de Archivo y Trámite Documentario la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano”. Asimismo, la resolución y la Directiva DI Nº 0003-2026-ANA/OA-UATD, aprobada en el artículo 1, en el portal institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana), en la misma fecha de su publicación oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese,
JUAN CARLOS CASTRO VARGAS
Jefe
Autoridad Nacional del Agua
2561931-1