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Fecha de publicación: 06/10/2026
Designan Ejecutivo de la Subdirección de Estudios de Mercado de la Dirección de Adquisiciones para Infraestructura de la Autoridad Nacional de Infraestructura

Aprueban relación de servicios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que pueden ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del D.U. N° 010-2026

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 000523-2026-MIMP

Lima, 2 de octubre del 2026

VISTOS, el Informe Nº D000129-2026-MIMP-OIN de la Oficina de Inversiones; el Informe Nº D000407-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto; el Memorándum Nº D000885-2026-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000822-2026-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 2 y 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), aprobada por Decreto Legislativo Nº 1098, establecen que el MIMP es un organismo del Poder Ejecutivo, rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables; por ello, diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables, consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección: niños, niñas, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados y migrantes internos, con el objeto de garantizar sus derechos con visión intersectorial;

Que, con la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, se establece el marco normativo del mecanismo de Obras por Impuestos, mediante el cual las entidades públicas pueden ejecutar determinadas intervenciones con participación del sector privado, de acuerdo con las materias, condiciones y procedimientos previstos en dicha norma, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2026-EF, en adelante el Reglamento de la Ley Nº 29230;

Que, el artículo 1 del Reglamento de la Ley Nº 29230 dispone que, para efecto de la Ley y el Reglamento, son Entidades Públicas las entidades del Gobierno Nacional, entendiéndose como entidad del Gobierno Nacional a los ministerios y los organismos constitucionales autónomos;

Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 010-2026, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de obras por impuestos ante el Fenómeno El Niño, se establecen medidas extraordinarias y temporales, en materia económica y financiera, para habilitar la ejecución de Servicios e Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de emergencia, mediante el mecanismo de Obras por Impuestos regulado por la Ley Nº 29230, así como simplificar los plazos y procedimientos aplicables a dichas Intervenciones; para la atención de acciones de prevención, preparación, respuesta y rehabilitación en el marco de la atención del Fenómeno El Niño 2026-2027;

Que, el artículo 3 del citado Decreto de Urgencia señala que sus disposiciones son de aplicación para la Entidades Públicas comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Nº 29230 que prioricen y ejecuten servicios habilitados en el marco del Decreto de Urgencia e IOARR de emergencia en zonas comprendidas en declaraciones de Estados de Emergencia por peligro inminente o para atención de acciones frente al Fenómeno El Niño 2026-2027;

Que, el artículo 4 del referido Decreto de Urgencia habilita a las Entidades Públicas comprendidas en su artículo 3 a priorizar y ejecutar, mediante el mecanismo de Obras por Impuestos, servicios vinculados a la prevención, preparación, respuesta y rehabilitación en el marco de la atención del Fenómeno El Niño; disponiéndose que los sectores competentes aprueben, mediante Resolución Ministerial, la relación de servicios que pueden ejecutarse mediante dicha modalidad, conforme a su Quinta Disposición Complementaria Final;

Que, con Memorándum Nº D000885-2026-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000407-2026-MIMP-PRE de la Oficina de Presupuesto, el cual señala que, en el marco de sus competencias y considerando la opinión emitida por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones a través de su Informe Nº D000129-2026-MIMP-OIN, así como la validación efectuada por los Despachos Viceministeriales de la Mujer y Poblaciones Vulnerables a través de los correos institucionales de fecha 22 de setiembre de 2026, emite opinión favorable a la propuesta de Resolución Ministerial que aprueba la relación de servicios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que pueden ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 010-2026, así como sus respectivos contenidos mínimos;

Que, con Informe Nº D000822-2026-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco de la normativa indicada y considerando lo señalado por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión favorable para continuar con la emisión de la presente Resolución Ministerial;

Con el visado del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto de Urgencia Nº 010-2026, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de obras por impuestos ante el Fenómeno El Niño; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 000380-2025-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la relación de servicios del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables que pueden ejecutarse bajo el mecanismo de Obras por Impuestos en el marco del Decreto de Urgencia Nº 010-2026, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias para la ejecución de intervenciones mediante el mecanismo de obras por impuestos ante el Fenómeno El Niño, así como su contenido mínimo, que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN).

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp).

Regístrese y comuníquese.

MARIA MAGDALENA SEMINARIO MARON

Ministra

2561927-1