Conceden licencia con goce de haber a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en España
Universidad Nacional de
San Antonio Abad del Cusco
RESOLUCIÓN N° CU- 400-2026-UNSAAC
Cusco, 20 de julio del 2026
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Expediente Nro. 26034512, presentado por el DR. SERGIO ALEJANDRO HERRERA VILLAGRA, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Antropología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicitando licencia con goce de haber, para participar en evento internacional, que se indica, y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del expediente del Visto, el Dr. Sergio Alejandro Herrera Villagra, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Antropología de la Facultad de Ciencias Sociales, solicita licencia con goce de haber, para participar en la “XVIII REUNIÓN CIENTÍFICA”, convocada por la Asociación Española de Antropología y Odontología Forense (AEAOF), a llevarse a efecto del 12 al 14 de noviembre de 2026 en la ciudad de Oviedo, Asturias, España; para el efecto acompaña carta de invitación cursada por los organizadores del evento;
Que, al efecto solicita se le conceda licencia con goce de haber del 09 al 14 de noviembre de 2026; asimismo, el apoyo económico correspondiente;
Que, mediante Oficio Nro. D-0575-2026-FCCSS-UNSAAC, el Dr. Francisco Medina Martinez, Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, remite la solicitud formulada por el docente, precisando que, al haber fenecido el mandato del Consejo de Facultad el 02 de julio de 2026, la remisión del expediente se efectúa con cargo a dar cuenta al referido órgano de gobierno una vez que se encuentre conformado;
Que, mediante Oficio Nro. 059-2026-DAAS-FCS, la Dra. Delmia Valencia Blanco, directora del Departamento Académico de Antropología, comunica que, en sesión de Junta de Docentes de fecha 22 de junio de 2026, dicho colegiado se pronunció favorablemente por la solicitud de licencia con goce de haber a favor del Dr. Sergio Alejandro Herrera Villagra y acompaña copia del acta de sesión;
Que, con relación a la carga académica del recurrente, obra en autos el compromiso escrito firmado por el docente Dr. Washington Rozas Alvarez, quien asumirá el dictado de las asignaturas correspondientes al administrado, en el periodo de la licencia, con lo que se garantiza la solución de la carga académica;
Que, de otro lado, obra en el expediente el Informe Escalafonario Nro. 1473-2026-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL), a través del cual el jefe (e) de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos, emite el informe escalafonario respecto del administrado, del que se colige que su ratificación se encuentra vigente;
Que, mediante Oficio N° 431-2026-VRAC-UNSAAC, el Vicerrector Académico de la Institución, se pronuncia favorablemente a efecto de que se conceda licencia con goce de haber a favor del docente Dr. Sergio Alejandro Herrera Villagra, a efecto de que pueda participar en el evento señalado precedentemente;
Que, la jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto expide el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario N° 954-2026 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme se tiene en el anexo de la presente resolución;
Que, la solicitud formulada por el Dr. Sergio Alejandro Herrera Villagra, sobre concesión de Licencia con goce de haber del 09 al 14 de noviembre de 2026 y apoyo económico para participar en la “XVIII REUNIÓN CIENTÍFICA”, convocada por la Asociación Española de Antropología y Odontología Forense (AEAOF), a llevarse a efecto del 12 al 14 de noviembre de 2026 en la ciudad de Oviedo, Asturias, España, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en sesión ordinaria de fecha 15 de julio de 2026, siendo aprobada por unanimidad;
Que, a la fecha en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2026; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos N° 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1° de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad; asimismo, el Art. 3° de la referida ley, señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Estando al acuerdo del Consejo Universitario, Ley N.º 32513 del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- CONCEDER LICENCIA CON GOCE DE HABER a favor del docente DR. SERGIO ALEJANDRO HERRERA VILLAGRA, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Antropología de la Facultad de Ciencias Sociales, por el periodo comprendido del 09 al 14 de noviembre de 2026 para participar en la “XVIII REUNIÓN CIENTÍFICA”, convocada por la Asociación Española de Antropología y Odontología Forense (AEAOF), a llevarse a efecto del 12 al 14 de noviembre de 2026 en la ciudad de Oviedo, Asturias, España.
Segundo.- DISPONER que la Dirección General de Administración de la Institución otorgue a favor del docente beneficiario Dr. Sergio Alejandro Herrera Villagra, lo siguiente:
- Apoyo económico traducido en dos (02) días de viáticos S/ 3,672 ($ 1080 = T.C. S/ 3,40 al 08/07 – SUNAT)
- Adquisición de pasajes aéreos
- Pago de inscripción en el evento
- Publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Tercero.- El EGRESO que se origine por la aplicación de la presente resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario 954-2026; documento que en anexo forma parte de la presente resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3° de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada con carácter excepcional) siempre que no haga uso de la movilidad institucional, la comisionada deberá de sustentar con alimentación y alojamiento al 100% con comprobantes de pago, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de retorno, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu_pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro..... NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración, igualmente presentará informe ante la DIGA y Despacho Rectoral, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar, el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 6.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC.
Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del beneficiario de presentar al retorno de su licencia, documento que acredite su participación en el evento a que se refiere la presente; así como informe ante el Despacho Rectoral y Facultad de Ciencias Sociales.
Octavo.- DISPONER, que la Unidad de Red de Comunicaciones de la UNSAAC, proceda a la publicación de la presente resolución en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano www.gob.pe y en la página web de la Institución www.unsaac.edu.pe.
El Vicerrectorado Académico, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
LAURO ENCISO RODAS
Rector
Nota: La Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco ha señalado que el anexo de la presente Resolución N° CU- 400 -2026-UNSAAC está publicado en la siguiente página web: https://www.gob.pe/unsaac
2561818-1