Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, los cargos de regidoras de la Municipalidad Distrital de San José del Alto
Resolución Nº 3414-2026-JNE
Expediente Nº JNE.2026264655
SAN JOSÉ DEL ALTO - JAÉN - CAJAMARCA
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 31 de agosto de 2026
VISTO: el Oficio Nº 211-2026-MDSJA/A, presentado el 17 de agosto de 2026, por don Teodoro Yajahuanca Peña, alcalde de la Municipalidad Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó las licencias concedidas a don Raúl Naira Guerrero y don Wilfredo Delgado Elera, regidores de la citada comuna (en adelante, señores regidores), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTE
1.1. A través del oficio citado en el visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida a los señores regidores, con motivo de su participación como candidatos en las ERM 2026, a fin de que se convoque a sus respectivos reemplazos. Para tal fin, adjuntó el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal del 23 de junio de 2026, que contiene el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 025-2026-MDSJA/CM.
En la indicada acta se consigna que los señores regidores presentaron el 16 de junio de 2026 sus solicitudes de licencia sin goce de haber con el propósito de participar como candidatos en las ERM 2026.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El numeral 2 del artículo 24 determina que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1
1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de toda la República.
En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, del 11 de diciembre de 2025
1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026.
El inciso 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:
[…]
6.1 Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).
[…]
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales2 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación […]
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 025-2026-MDSJA/CM, del 23 de junio de 2026, el Concejo Distrital de San José del Alto concedió las licencias a los señores regidores, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta 5 de octubre de 2026. Sobre el particular, se debe tener presente que dicho periodo no guarda coherencia con lo establecido en la norma electoral (ver SN 1.4.), no obstante, atendiendo a que se cuenta con los elementos necesarios para resolver la situación jurídica de las autoridades y efectuar las respectivas convocatorias, en aplicación de los principios de celeridad y economía procesal, corresponde considerar las licencias sin goce de haber por el periodo establecido en la norma electoral.
2.2. En ese sentido, dado que las solicitudes de licencia sin goce de haber cuentan con la aprobación del Concejo Distrital de San José del Alto, y conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución Nº 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a los candidatos no proclamados para que asuman temporalmente los cargos de regidores del Concejo Distrital de San José del Alto, de acuerdo con el siguiente orden:
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Autoridad con licencia |
Candidato convocado |
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Regidor: Raúl Naira Guerrero |
Leonela Neyra Heredia, identificada con DNI Nº 72486920. Candidata no proclamada de la organización política Partido Democrático Somos Perú |
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Regidor: Wilfredo Delgado Elera |
María Floriselda García Valles, identificada con DNI Nº 44460882. Candidata no proclamada de la organización política Partido Frente de la Esperanza 2021 |
2.3. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 24 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Jaén, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.4. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, no se registra que doña Leonela Neyra Heredia, identificada con DNI Nº 72486920 o doña María Floriselda García Valles, identificada con DNI Nº 44460882, participen como candidatas en las ERM 2026.
2.5. Del mismo modo, de la consulta de la ficha en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, no se ha registrado fallecimiento o se ha cuestionado la identidad de las referidas personas.
2.6. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Raúl Naira Guerrero, regidor del Concejo Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
2. CONVOCAR a doña Leonela Neyra Heredia, identificada con DNI Nº 72486920, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Wilfredo Delgado Elera, regidor del Concejo Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
4. CONVOCAR a doña María Floriselda García Valles, identificada con DNI Nº 44460882, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado mediante la Resolución Nº 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Aprobado mediante la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2561723-1