Convocan a ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ancón
RESOLUCIóN N° 3772-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026210276
ANCÓN - LIMA - LIMA
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 27 de agosto de 2026
VISTOS: la Resolución N° 1951-2026-JNE, del 6 de julio de 2026, emitida en el presente expediente; el escrito del 30 del mismo mes y año presentado por doña Clelia Victoria Rojas Rossi; y el Oficio N° 056-2026-OGSGYAJ/MDA, del 7 de agosto de 2026, remitido por la Municipalidad Distrital de Ancón, provincia y departamento de Lima.
ANTECEDENTES
1.1. Mediante la Resolución N° 1951-2026-JNE, del 6 de julio de 2026, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones resolvió dejar sin efecto, de manera temporal, la credencial otorgada a don Óscar Enrique Aliaga Abanto, alcalde provisional de la Municipalidad Distrital de Ancón, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026; convocar a doña Clelia Victoria Rojas Rossi, identificada con DNI N° 10377908, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la referida comuna durante el mismo periodo; y convocar a don Nehemías Cruz Mendoza, identificado con DNI N° 46010456, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor.
1.2. El 30 de julio de 2026, doña Clelia Victoria Rojas Rossi puso en conocimiento la Resolución de Alcaldía N° 057-2026-A-MDA, del 13 de junio de 2026, mediante la cual se dispuso encargarle el Despacho de Alcaldía y las funciones inherentes al cargo de alcaldesa durante el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre de 2026; asimismo, solicitó al Jurado Nacional de Elecciones que adopte las acciones que correspondan para garantizar su cumplimiento.
1.3. Por medio del Oficio N° 056-2026-OGSGYAJ/MDA, del 7 de agosto de 2026, la Municipalidad Distrital de Ancón informó que doña Clelia Victoria Rojas Rossi participa como candidata en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026) por la organización política Podemos Perú. Asimismo, comunicó que el regidor que le sigue en el orden de precedencia, don D’Angelo Cruz Loja, también participa como candidato en las ERM 2026 por la organización política Fuerza Popular. En tal sentido, señaló que la siguiente regidora sería doña Mahli Ester Trujillo Vásquez.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación.
En la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM)
1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 señala:
Artículo 8.- Impedimentos para postular
No pueden ser candidatos en las elecciones municipales:
8.1. Los siguientes ciudadanos:
[…]
e) Los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. […]
En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.3. El artículo 24 preceptúa:
Artículo 24.- Reemplazo en caso de vacancia o ausencia
En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:
[...]
2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1
1.4. Mediante el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM, se convocó a las Elecciones Regionales y Municipales 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República.
En la Resolución N° 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262
1.5. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1 del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de setiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)
1.6. El artículo 14 prescribe lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. Mediante la Resolución N° 1951-2026-JNE se convocó a doña Clelia Victoria Rojas Rossi para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ancón durante el periodo comprendido entre el 4 de setiembre y el 4 de octubre de 2026, esto es, durante los treinta (30) días naturales previos a las ERM 2026.
2.2. Ahora bien, por medio del Oficio N° 056-2026-OGSGYAJ/MDA, la Municipalidad Distrital de Ancón informó que doña Clelia Victoria Rojas Rossi participa como candidata en las ERM 2026 por la organización política Podemos Perú.
2.3. En ese sentido, considerando la información puesta en conocimiento por la Municipalidad Distrital de Ancón, y atendiendo a que doña Clelia Victoria Rojas Rossi participa como candidata en las ERM 2026, de acuerdo con lo establecido en la LEM, la Resolución N° 00746-2025-JNE y la LOM (ver SN 1.2., 1.5. y 1.3.), resulta procedente dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada a través de la Resolución N° 1951-2026-JNE y continuar con el orden de precedencia de los regidores proclamados de la organización política Podemos Perú.
2.4. De acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas de Ancón, luego de doña Clelia Victoria Rojas Rossi figura don D’Angelo Cruz Loja, identificado con DNI N° 43029022, como regidor distrital 3, seguido de doña Mahli Ester Trujillo Vásquez, identificada con DNI N° 40240697, como regidora distrital 4, ambos de la organización política Podemos Perú.
2.5. Ahora bien, de la información comunicada mediante el Oficio N° 056-2026-OGSGYAJ/MDA se advierte que don D’Angelo Cruz Loja participa en las ERM 2026 como candidato por la organización política Fuerza Popular.
2.6. En tal sentido, al concurrir respecto de don D’Angelo Cruz Loja la misma circunstancia que determina que no corresponda mantener la convocatoria provisional de doña Clelia Victoria Rojas Rossi, no resulta procedente convocarlo para asumir provisionalmente el cargo de alcalde; por lo que corresponde continuar con el orden de precedencia de la referida lista electoral.
2.7. Prosiguiendo con el orden de precedencia, corresponde evaluar a doña Mahli Ester Trujillo Vásquez, identificada con DNI N° 40240697. De la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del Jurado Nacional de Elecciones no se advierte registro de participación de la citada ciudadana como candidata en las ERM 2026.4
2.8. Del mismo modo, de la consulta en línea efectuada en la base de datos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, doña Mahli Ester Trujillo Vásquez no registra restricción alguna ni tiene consignada fecha de fallecimiento.
2.9. En consecuencia, corresponde convocar a doña Mahli Ester Trujillo Vásquez para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ancón, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, mientras dure la licencia concedida a don Óscar Enrique Aliaga Abanto.
2.10. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.6.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Clelia Victoria Rojas Rossi, identificada con DNI N° 10377908, mediante la Resolución N° 1951-2026-JNE, para que asumiera, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ancón, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.
2. CONVOCAR a doña Mahli Ester Trujillo Vásquez, identificada con DNI N° 40240697, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ancón, provincia y departamento de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, mientras dure la licencia concedida a don Óscar Enrique Aliaga Abanto, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
4 <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>
2561710-1