Logo El Peruano
Fecha de publicación: 05/10/2026
Designan Jefe de Oficina I de la Oficina de Integridad Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros

Autorizan viaje de personal de la Fuerza Aérea del Perú a la República Francesa, en comisión de servicio

Resolución Ministerial

N° 01221-2026-DE

Lima, 2 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio Extra FAP N° 003544-2026-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 02429-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01862-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento suscrito por el Jefe de la División de Cooperación Bilateral Sur Estado Mayor de los Ejércitos de la República Francesa y el documento N° 104/ARM/DGRIS/MDD/Lima/NP de la Agregaduría de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú, se invitan entre otros, a los oficiales del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, del 8 al 9 de octubre de 2026, en la ciudad de Paris, República Francesa; por lo que se precisa que los trayectos en avión imponen la salida del Perú a partir del 6 de octubre y el regreso a partir del 10 de octubre de 2026;

Que, con Oficio Extra FAP N° 003544-2026-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar de la Fuerza Aérea del Perú para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, a realizarse en la ciudad de París, República Francesa, del 08 al 09 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 06 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026, sin que el primer día de ida y el día de retorno generen gasto al tesoro público;

Que, a través del citado documento, la institución armada remite el Informe Legal N° 019-2026, la exposición de motivos y sustento, la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG-N° 154 DGVC-ME/SIAF-RP, así como, la Certificación de Créditos Presupuestarios N° 0000000005 y N° 0000000022, que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos y sustento, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, de personal militar, por cuanto, permitirá consolidar alianzas estratégicas, fortalecer la proyección e imagen Institucional y promover el intercambio de experiencias en beneficios de los intereses del Sector Defensa y de la Fuerza Aérea del Perú;

Que, de acuerdo en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;

Que, conforme a la Hoja de Gastos y Declaración que sustenta la asignación presupuestal del viaje al extranjero AF-2026 HG-N° 154 DGVC-ME/SIAF-RP, la institución armada señala que asumirá los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos por tres (3) días, que comprenden un (1) día por instalación en el marco de la normativa citada en el considerando precedente con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora N° 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en concordancia, con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;

Que, mediante el Oficio N° 02429-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico N° 633- 2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 01862-2026-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Fuerza Aérea del Perú, que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, en la ciudad de París, República Francesa, del 08 al 09 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 06 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes Aéreos (ida y vuelta): Lima – Paris (República Francesa) - Lima

(clase económica)

US$ 2,698.40 x 2 personas US$ 5,396.80

Viáticos

US$ 540 x 2 personas x 3 días US$ 3,240.00

Total a pagar: US$ 8,636.80

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución ministerial debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente resolución ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2561522-1