Autorizan viaje de personal de las Fuerzas Armadas a la República Francesa, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 01211-2026-DE
Lima, 2 de octubre del 2026
VISTOS:
El Oficio Nº 5465 CCFFAA/OGA/OAI/URC de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Oficio Nº 02428-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01856-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el documento suscrito por el Jefe de la División de Cooperación Bilateral Sur Estado Mayor de los Ejércitos de la República Francesa y el documento Nº 104/ARM/DGRIS/MDD/Lima/NP de la Agregaduría de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú, se invita entre otros, a los oficiales del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, del 8 al 9 de octubre de 2026, en la ciudad de París, República Francesa; por lo que, se precisa que los trayectos en avión imponen la salida del Perú a partir del 6 de octubre y el regreso a partir del 10 de octubre de 2026;
Que, con Oficio Nº 5465 CCFFAA/OGA/OAI/URC, complementado con los correos institucionales de 1 de octubre de 2026, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de las Fuerzas Armadas, para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, en la ciudad de París, República Francesa, del 8 al 9 de octubre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026, sin que el primer día de ida y el día de retorno generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través de los citados documentos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite entre otros, el Dictamen Nº 482-2026/CCFFAA/OAJ, la exposición de motivos, el documento “Declaración de gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional” del 29 de setiembre de 2026; así como, las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000335 y Nº 0000000674, que garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la exposición de motivos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del personal designado; por cuanto, les permitirá fortalecer las capacidades nacionales para la defensa de la soberanía e integridad territorial, contribuyendo con la Política Nacional Multisectorial de Seguridad y Defensa Nacional al 2030;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;
Que, de acuerdo con el documento “Declaración de gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional” del 29 de setiembre de 2026 y el Dictamen Nº 482-2026/CCFFAA/OAJ, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos por tres (3) días, que comprenden un (1) por instalación en el marco de la normativa citada en el considerando precedente, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, a través del Oficio Nº 02428-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 632-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01856-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de las Fuerzas Armadas que se detalla en el Anexo que forma integrante de la presente resolución, para participar en la X Edición de la Reunión de Estados Mayores Francia – Perú de Cooperación Militar Bilateral, en la ciudad de París, República Francesa, del 8 al 9 de octubre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 10 de octubre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente queda supeditada a la imposibilidad de la participación del personal titular.
Artículo 3.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima – París (República Francesa) – Lima
Clase económica
US$ 2,980.00 x 3 personas (incluye TUUA) US$ 8,940.00
Viáticos:
US$ 540.00 x 3 personas x 3 días US$ 4,860.00
Total a pagar: US$ 13,800.00
Artículo 4.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- Disponer la notificación de la presente resolución a la institución armada a la que pertenece el personal designado en comisión de servicio.
Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
Ministerio de Defensa
2561516-1