Modifican el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura - CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura”
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
Nº 000196-2026-ITP/DE
San Isidro, 2 de octubre del 2026
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 0007-2026-ITP/CITEPESACUAGROPIURA de fecha 12 de mayo de 2026, y el Informe Técnico Nº 0016-2026-ITP/CITEPESACUAGROPIURA de fecha 7 de agosto de 2026 del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura - CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura (en adelante, CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura); el Memorando Nº 0217-2026-ITP/DGIE de fecha 29 de mayo de 2026 y el Memorando Nº 0510-2026-ITP/DGIE de fecha 21 de setiembre de 2026, de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE (en adelante, DGIE); el Memorando Nº 0843-2026-ITP/OGRH de fecha 28 de agosto de 2026 de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos (en adelante, OGRH); el Memorando Nº 1082-2026-ITP/OA de fecha 26 de agosto de 2026 y el Memorando Nº 1115-2026-ITP/OA de fecha 2 de setiembre de 2026, de la Oficina de Administración (en adelante, OA); el Memorando Nº 6328-2026-ITP/OPPM de fecha 11 de setiembre de 2026 y el Memorando Nº 6573-2026-ITP/OPPM de fecha 23 de setiembre de 2026, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); y, el Informe Nº 0474-2026-ITP/OAJ de fecha 1 de octubre de 2026 de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 92, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451, se crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), el que establece en su artículo 1, que el ITP es un Organismo Público adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;
Que, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones del ITP, los CITE públicos del Sector Producción son órganos desconcentrados del ITP encargados de contribuir a la mejora de la productividad y competitividad de las empresas y los sectores productivos a través de las actividades de capacitación y asistencia técnica, asesoría especializada para la adopción de nuevas tecnologías; transferencia tecnológica, investigación, desarrollo e innovación productiva y servicios tecnológicos, difusión de información; interrelación de actoras/es estratégicos y generación de sinergias, bajo un enfoque de demanda;
Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 45.3 del artículo 45 del Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que Promueve el Financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups, el financiamiento de los servicios que brinda el ITP, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1228 y sus normas reglamentarias y complementarias, se realiza a través de recursos ordinarios y tarifas, siendo que estas últimas son fijadas de acuerdo con la metodología que apruebe el ITP, la cual podrá establecer esquemas promocionales, según criterios objetivos, y se aprueban por Resolución del Director Ejecutivo del ITP;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 000154-2025-ITP/DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de noviembre de 2025, se aprobó la “Directiva de determinación de tarifas basada en costos del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP” - DIR Nº 004-2025-ITP/DE, que deroga la Directiva Nº 001-2021-ITP/DE aprobada por el artículo 2 de la Resolución Ejecutiva Nº 042-2021-ITP/DE, y se precisa en su numeral 9.2 que los trámites de gestión del Catálogo de Servicios (CDS) y de tarifarios iniciados antes de la vigencia de dicha Directiva se rigen bajo la Directiva Nº 001-2021-ITP/DE, por lo que, al haber iniciado el CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura su solicitud del CDS el 29 de octubre de 2025, le resulta aplicable esta última;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 147-2016-PRODUCE, se creó el “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura”, modificándose su denominación por la de “Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura – CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura” en virtud de la Resolución de Consejo Directivo Nº 005-2025-ITP/PCD, que además incorporó a sus competencias las cadenas acuícola y agroindustrial; así también, mediante Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE, modificada por la Resolución Ejecutiva Nº 0202-2023-ITP/DE, la Resolución Ejecutiva Nº 191-2024-ITP/DE y la Resolución Ejecutiva Nº 137-2025-ITP/DE, Subanexo Ñ, se aprobó su Tarifario de Servicios Tecnológicos, conformado a la fecha por diecinueve (19) servicios tecnológicos;
Que, con el Informe Técnico Nº 0007-2026-ITP/CITEPESACUAGROPIURA, el CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura remitió su propuesta de cincuenta y nueve (59) servicios tecnológicos para conformar su Tarifario de Servicios Tecnológicos; la cual cuenta con opinión favorable de la DGIE para la modificación del CDS y del Tarifario vigente, conforme a lo señalado en el Memorando Nº 0217-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Informe Nº 0009-2026-ITP/JMR-SFI, y el Memorando Nº 0510-2026-ITP/DGIE, sustentado en el Informe Nº 0040-2026-ITP/SFI, indicando que en el CDS se incluyen cuarenta y siete (47) nuevos servicios tecnológicos, se actualizan doce (12) servicios tecnológicos aprobados y se eliminan siete (7) servicios tecnológicos aprobados, siendo estos últimos los siguientes: Análisis de calidad de agua en campo; Análisis de calidad de agua en laboratorio; Análisis de calidad de ambiente; Análisis físico, químico y microbiológicos; Evaluación de competencias laborales relacionado a la producción de conservas; Evaluación de competencias laborales relacionado al corte y salado de pescado; y, Evaluación de competencias laborales relacionado al proceso de alimentos congelados;
Que, a través del Informe Técnico Nº 0016-2026-ITP/CITEPESACUAGROPIURA, el CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura remitió el CDS validado, así como siete (7) Notas y las estructuras de costos; asimismo, con el Memorando Nº 0843-2026-ITP/OGRH y los Memorandos Nº 1082-2026-ITP/OA y Nº 1115-2026-ITP/OA, la OGRH y la OA, respectivamente, validan los costos de los servicios tecnológicos propuestos, en el ámbito de sus competencias; y, con el Memorando Nº 6328-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 0125-2026-ITP/OPPM-UFM, y, el Memorando Nº 6573-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 0131-2026-ITP/OPPM-UFM, la OPPM emite opinión técnica favorable a la propuesta remitida;
Que, mediante el Informe Nº 0474-2026-ITP/OAJ, la OAJ opinó que resulta legalmente viable la aprobación de la modificación del Tarifario del CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura, a fin de incluir cuarenta y siete (47) nuevos servicios tecnológicos, actualizar doce (12) servicios tecnológicos aprobados y eliminar siete (7) servicios tecnológicos aprobados, por lo que el Tarifario estaría compuesto por cincuenta y nueve (59) servicios tecnológicos a ser prestados por el mencionado CITE con sus respectivas Notas;
Con los vistos de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección de Gestión de Intervenciones Estratégicas para la Red CITE; y, de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus competencias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), modificado por el Decreto Legislativo Nº 1451; el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y modificatorias; el Decreto de Urgencia Nº 013-2020, que promueve el financiamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE y modificatorias; y, la Resolución Ejecutiva Nº 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura - CITEpesquero, Acuícola y Agroindustrial Piura”, aprobado por Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE y modificatorias, a fin de incluir cuarenta y siete (47) nuevos servicios tecnológicos, actualizar doce (12) servicios tecnológicos aprobados y eliminar siete (7) servicios tecnológicos aprobados, por lo que el Tarifario queda conformado por cincuenta y nueve (59) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas, detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que los siete (7) servicios tecnológicos eliminados con la modificación del Tarifario señalada en el artículo precedente, que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución se encuentren en ejecución, podrán ser brindados hasta la culminación de los referidos servicios.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información, en aplicación de los artículos 1 y 2 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos, conforme a la Versión 3 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/DE, así como en el módulo del sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AUGUSTO ENRIQUE EGUIGUREN PRAELI
Director Ejecutivo (e)
Instituto Tecnológico de la Producción
2561505-1