Modifican la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1332-2026-MP-FN
Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 3030-2026-MP-FN
Lima, 2 de octubre de 2026
VISTOS:
El oficio N° 003873-2026-MP-FN-PJFS ANCASH, de fecha 28 de septiembre de 2026, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash; y el informe N° 000196-2026-MP-FN-STI-NCPP, de fecha 30 de septiembre de 2026, emitido por la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1332-2026-MP-FN, de fecha 8 de mayo de 2026, se designó al Primer Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz y se amplió su competencia territorial para conocer, en adición a sus funciones y en el Distrito Fiscal de Áncash, las investigaciones por los delitos contra la voluntad popular, regulados en el Título XVII del Código Penal, y contra el derecho de sufragio, previstos en el Título XVI de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones.
La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash con oficio N° 003873-2026-MP-FN-PJFS ANCASH, en virtud del pedido realizado por la Coordinación de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, solicita la modificación y ampliación de la competencia funcional de todos los despachos que conforman la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz, a fin que, todos ellos puedan conocer las investigaciones fiscales vinculadas con los delitos mencionados en el párrafo anterior.
La Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash manifiesta que la ampliación permitirá establecer mecanismos internos de distribución y turnos entre el personal fiscal que integra la fiscalía, con la finalidad de asegurar una intervención fiscal oportuna frente a hechos que podrían configurar los delitos electorales.
A través del informe N° 000196-2026-MP-FN-STI-NCPP, la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, señala entre otros, i) el análisis de la carga procesal de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz permite establecer que la referida fiscalía no presenta sobrecarga procesal, toda vez que, el promedio de casos asignados por fiscal se encuentra por debajo del promedio nacional por fiscal, ii) la asignación de competencia para los despachos que conforman la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz favorece una distribución funcional más adecuada y fortalece la capacidad institucional para atender las investigaciones por los delitos referidos contra la voluntad popular y contra el derecho de sufragio, optimizando los recursos fiscales disponibles, por lo que considera viable la ampliación de competencia solicitada.
En atención a lo expuesto, resulta razonable adoptar una medida organizacional que permita distribuir funcionalmente entre los despachos que integran la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaraz el conocimiento de las investigaciones fiscales correspondientes a los delitos contra la voluntad popular y contra el derecho de sufragio, garantizando una intervención fiscal eficiente, oportuna y articulada, sin afectar la continuidad del servicio fiscal.
En consecuencia, en el marco de sus atribuciones conferidas en el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 52 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1332-2026-MP-FN, de fecha 8 de mayo de 2026, únicamente en el extremo referido al Distrito Fiscal de Áncash, debiendo considerarse lo siguiente:
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DISTRITO FISCAL |
FISCALÍA |
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ANCASH |
SEXTA FISCALÍA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE HUARAZ |
Artículo Segundo.- DISPONER que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Áncash adopte las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, conforme a lo establecido en los literales “c”, “p”, “r” y “t” del artículo 157 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público 2025, aprobado mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 442-2025-MP-FN, de fecha 18 de febrero de 2025.
Artículo Tercero.- DISPONER la notificación de la presente resolución a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Ministerio del Interior, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores, Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Coordinación de las Fiscalías Superiores Penales Nacionales y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializadas en Derechos Humanos y contra el Terrorismo, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, Oficina de Control de Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia General, Oficina General de Tecnologías de la Información, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2561478-1