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Fecha de publicación: 03/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja del departamento de Huancavelica y de las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos

Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Huarocondo

Resolución Nº 3635-2026-JNE

Expediente Nº JNE.2026256143

HUAROCONDO - ANTA - CUSCO

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, 3 de setiembre de 2026

VISTO: el Oficio Nº 252-2026-A-MDH-A/C, del 5 de agosto de 2026, mediante el cual doña Victoria Rocca Ccorahua, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco (en adelante, señora alcaldesa), remitió el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 054-2026-CM-MDH-A/C, del 11 de junio de 2026, que aprobó la licencia sin goce de haber concedida a su favor, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).

ANTECEDENTE

1.1. Por medio del oficio citado en el visto, la señora alcaldesa remitió la Carta Nº 04-2025, del 28 de mayo de 2026, sobre su solicitud de licencia, y el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 054-2026-CM-MDH-A/C, del 11 de junio de 2026, a través del cual se aprobó su licencia sin goce de haber solicitada por treinta (30) días calendario, a partir del 4 de setiembre de 2026, con motivo de su participación en las ERM 2026.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En la Constitución Política del Perú

1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.

En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)

1.2. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Asimismo, el numeral 2 del citado artículo establece que a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la procedencia establecida en su propia lista electoral.

En el Decreto Supremo Nº 001-2026-PCM1

1.3. Mediante el mencionado decreto, se convocó a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los consejos regionales de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de toda la República.

En la Resolución Nº 00746-2025-JNE, que aprobó la regulación sobre renuncias y licencias de funcionarios y servidores públicos que participen como candidatos en las ERM 20262

1.4. El Pleno precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como los organismos, empresas del Estado y municipalidades, soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026. De esta manera, el acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispuso:

[…]

6.1. Las solicitudes de Licencia sin goce de haber tienen que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones) [resaltado agregado].

En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales3 (en adelante, Reglamento)

1.5. El artículo 14 regula lo siguiente:

Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica

Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidas por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.

En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:

<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).

<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.

SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO

2.1. En el presente expediente se aprecia que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 054-2026-CM-MDH-A/C, del 11 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Huarocondo aprobó la licencia sin goce de haber solicitada por la señora alcaldesa, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las ERM 2026 (ver SN 1.4.).

2.2. En consecuencia, dado que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Huarocondo y con la finalidad de garantizar la continuidad del gobierno municipal durante el periodo de ausencia temporal de la autoridad edil, corresponde dejar sin efecto temporalmente la credencial otorgada a la señora alcaldesa y convocar a don Ysaac Franco Cóndor, identificado con DNI Nº 80009445, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Huarocondo, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

2.3. Además, con la finalidad de completar el número de regidores, y al haberse agotado los accesitarios de la organización política Movimiento Regional Inka Pachakuteq, corresponde convocar a don Sabino Huamán Carmona, identificado con DNI Nº 45079762, candidato no proclamado de la organización política Partido Político Nacional Peru Libre, para que asuma temporalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

2.4. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas correspondiente al distrito de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Cusco, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

2.5. Asimismo, de la consulta efectuada, a la fecha de calificación del presente expediente, en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que Ysaac Franco Cóndor, identificado con DNI Nº 80009445, y don Sabino Huamán Carmona, identificado con DNI Nº 45079762, participen como candidatos en las ERM 20264.

2.6. Del mismo modo, de la consulta de sus fichas en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se verifica que no cuentan con restricción alguna, que no se ha registrado fallecimiento y que sus documentos nacionales de identidad se encuentran vigentes.

2.7. Finalmente, se precisa que la notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.).

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE

1. DEJAR SIN EFECTO, temporalmente, la credencial otorgada a doña Victoria Rocca Ccorahua como alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2. CONVOCAR a don Ysaac Franco Cóndor, identificado con DNI Nº 80009445, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

3. CONVOCAR a Sabino Huamán Carmona, identificado con DNI Nº 45079762, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.

4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución Nº 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

3 Aprobado por la Resolución Nº 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.

4 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>.

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