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Fecha de publicación: 03/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en algunos distritos de las provincias de Huancavelica y Tayacaja del departamento de Huancavelica y de las provincias de Chupaca, Concepción y Huancayo del departamento de Junín, por impacto de daños a consecuencia de movimientos sísmicos

Precisan convocatoria de ciudadana para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Metropolitano de Lima

RESOLUCIóN N° 2535-2026-JNE

Expediente N° JNE.2026149844

LIMA - LIMA

LICENCIA DE AUTORIDAD

CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO

Lima, 4 de agosto de 2026

VISTOS: la Resolución N° 1487-2026-JNE, del 22 de junio de 2026, y los demás actuados;

CONSIDERANDO QUE:

1.1. Por la resolución citada en el visto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones convocó a don José Juan Rodríguez Cárdenas, identificado con DNI N° 06662452, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Metropolitano de Lima, departamento de Lima, durante el periodo comprendido del 4 de setiembre al 4 de octubre de 2026.

1.2. Posteriormente, este órgano colegiado advirtió, en la Plataforma Electoral del JNE, que don José Juan Rodríguez Cárdenas participa como candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de Barranco, provincia y departamento de Lima, en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026), según consta en el Expediente N° ERM.2026015909. En ese contexto, corresponde precisar la convocatoria dispuesta por la Resolución N° 1487-2026-JNE.

1.3. En ese sentido, de conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a doña Ana Ida Li Sotelo, identificada con DNI N° 07214151, regidora accesitaria hábil que sigue en el orden de prelación de la misma lista electoral, conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Provinciales Electas de la provincia de Lima, departamento de Lima, emitida el 7 de noviembre de 2022 por el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.

1.4. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 del Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, corresponde precisar la convocatoria dispuesta1.

1.5. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE:

1. PRECISAR que la ciudadana a quien corresponde convocar, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Resolución N° 1487-2026-JNE, del 22 de junio de 2026, es doña Ana Ida Li Sotelo, identificada con DNI N° 07214151, y no don José Juan Rodríguez Cárdenas, quien participa como candidato en las Elecciones Regionales y Municipales 2026; y, en consecuencia, DEJAR SIN EFECTO la credencial expedida a este último y otorgar la respectiva credencial a doña Ana Ida Li Sotelo para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Metropolitano de Lima, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026.

2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SS.

BURNEO BERMEJO

MAISCH MOLINA

GONZALES BARRÓN

TORRES CORTEZ

OYARCE YUZZELLI

Clavijo Chipoco

Secretaria General

1 Antes que la resolución cause ejecutoria, el juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga. […]”.

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